Puedo reclamar la subida del diferencial

Puedo reclamar la subida del diferencial

Puedo reclamar la subida del diferencial

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C
Chata
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Tuve dos años de carencia , me dieron la oferta vinculante diez minutos antes de firmar despues nos dimos cuenta que nos subieron el diferencial del 1 al 2,50 . He reclamado al banco y ellos solo me dicen que despues de una carencia empeoran las condiciones. Ellos jamas me dijeron esto, si no no lo hubiera aceptado. Hubiera buscado otra solución. En las escrituras hay un parrafo donde dice que esta carencia se hace para ayudar, no se donde esta esta ayuda , pues me han ahogado más. ¿Puedo reclamar el diferencial demandando? ¿Sería factible?. Necesito ayuda .Un saludo a todos los foreros

1 respuesta
Respuestas
#1
M
Marta Rabal
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Buenas tardes Chata,

En primer lugar, según la Orden EHA 2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente, el plazo del banco para presentar la oferta vinculante al cliente no puede ser inferior a 14 días a la fecha de la firma del contrato. Por lo tanto, si te ofrecieron la oferta vinculante diez minutos antes, sí que estarías en derecho de reclamar.

En segundo lugar, si en el contrato no aparecían las condiciones de la carencia, como por ejemplo la subida de diferencial, puedes reclamar a tu banco y pedirle que te devuelvan los intereses de más. En el peor de los casos, si tu entidad se niega podrías demandarla.

La carencia es una buena opción ante una falta de liquidez puntual pero es importante saber que en un futuro tendremos que hacer frente a una cuota mensual mayor que la que habíamos pagado anteriormente.

Un saludo

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