Embargos del Ayuntamiento de Madrid, afectan a una cuenta de NEMEA BANK
Embargos del Ayuntamiento de Madrid, afectan a una cuenta de NEMEA BANK
ResponderTengo una reclamación del ayuntamiento de Madrid, por multas desde el año 2010 por importe de 4990€, al ser esta una entidad de fuera del territorio español, podrían el ayuntamiento embargar de esa cuenta dicha cantidad a su vencimiento? o no tendría competencia, la deuda no es con hacienda directamente pero actualmente vinculan las deudas de trafico, y como se recupera el capital de nuevo transcurridos los 5 años? mediante transferencia a España a otra cuenta de aquí?. Actualmente tengo mis activos a nombre de otras personas de confianza, es muy importante vuestra respuesta, pues en base a ella, contrataría a mi nombre o no, gracias.
Hola Helper_409157125,
Vamos por partes:
- ¿Puede el ayuntamiento embargar una cuenta en el extranjero? SI. Puede tardar más o menos, pero el ayuntamiento (con la colaboración de Hacienda) puede acabar embargándote una cuenta abierta en el extranjero. Es un proceso algo más complicado que el embargo de una cuenta en nuestro país, ya que deben pedir permiso a las autoridades del país de turno, pero sí que es posible.
- ¿Cómo se recupera el capital invertido en el depósito de Nemea? Cuando abrimos un depósito en cualquier banco del que no seamos clientes, este nos creará automáticamente una cuenta asociada, desde la que podamos recibir la transferencia del dinero para abrir el depósito, donde se depositarán los intereses anuales de este y a donde volverán nuestros ahorros al final del plazo fijo. En tu caso, a los 5 años, tendrías el dinero más los intereses generados en una cuenta en Malta; a partir de ahí serías tu el que decide si traerlo a España o dejarlo ahí. En este caso deberías saber que por transferencia puedes mover hasta un máximo de 5.000 € sin ser notificado a hacienda, mientras que en metálico podemos llevar hasta 10.000 € al salir de nuestras fronteras.
Un saludo!
creo que hay un error: son 50.000 euros y no 5.000 la cantidad máxima a mover por transferencia sin que notifique la entidad