¿Para ser titular de un contrato de electricidad hay que ser propietario del inmueble?
¿Para ser titular de un contrato de electricidad hay que ser propietario del inmueble?
ResponderLlevo toda la vida de alquiler y siempre he pagado recibos de electricidad que han llevado el nombre del propietario correspondiente. La verdad es que nunca me he planteado si yo, como inquilino, me podría haber convertido en el titular de alguno de esos contratos. El sentido común me dice que no (en caso de dejar el piso habría que cambiar de titular, lo cual sería un engorro). Entonces pienso, automáticamente, que tampoco puedo participar en una subasta colectiva como la de El Rebajador. En todo caso debería hacerlo en propietario del inmueble. ¿Es así? Gracias.
Hola bsoca,
En muchos pisos de alquiler obligan al inquilino a que contrate él mismo los servicios de luz y gas, o bien que cambie el nombre del titular en cuanto entra a vivir, al igual que se hace el cambio de cuenta donde se domicilian. Por tanto, si en tu casa el contrato no va a tu nombre y consideras que pagas de más puedes hablarlo con tu casero y acogeros a la oferta de EDP bien con sus datos o con los tuyos si dais de baja el actual. Al fin y al cabo, quien reside actualmente en el inmueble y asume el gasto eres tú.
¡Un saludo!