Hola, Tengo una hipoteca con referencia al índice IRPH y con una cláusula en la que se indica que en caso de desaparición del dicho índice se aplicará el euribor + 1. La pregunta es ¿alguien me podría explicar qué es el régimen transitorio? En mi caso ¿se aplicaría el régimen transitorio aún y cuando el contrato contiene una cláusula como la comentada? Gracias!
El régimen transitorio es la manera en que el Gobierno llevará la desaparición del índice hipotecario IRPH. Tiene que dictar unas normas para que los bancos sepan, por ejemplo, a qué índice cambiarán los afectados, si se puede cambiar el diferencial...
¡Un saludo!