tengo irph +0 y con revision trimestral, tengo que renovar con el indice de abril, y mi sustitutivo en las escrituras es euribor +1 ,si el irph desaparece segun dicen en los foros el 29 de abril,que valor me deben de aplicar, por favor ayuda.saludos.
Si te aplican el índice de abril te aplicarán el IPRH, porque todavía se publicará este índice. Igualmente recuerda que sólo desaparecen el IRPH Cajas y el IRPH Bancos, si tienes el IRPH Entidades éste no cambiará. Por lo demás, en tu próxima revisión sí que deberían aplicarte Euribor + 1%.
¡Un saludo!
Tengo una duda respecto a lo que comentáis, y es que aunque el IRPH cajas y bancos de abril aún sean oficiales, en la Orden en la que se indica su desaparción a partir del 29 de abril se dice que desaparecerán "a todos los efectos" a partir de esa fecha, por lo que yo entiendo que no podrán aplicarlos en una revisión hipotecaria a partir del 29 de abril...es mi forma de entenderlo, ya que si han desaparecido totalmente el 29 de abril, ¿Cómo pueden aplicarlo en una revisión hipotecaria en mayo por ejemplo? Quizás esté equivocada, pero he leído la orden varias veces y mi conclusión ha sido esta, ¿qué opinan? Muchas gracias