tenemos una deuda con cofidis desde hace 8 años, siempre hemos pagado puntualmente, pero hace tres meses q no la pagamos, nos pueden embargar? la verdad pedimos 3000 euros pero yo creo q ya hemos pagado el doble entre interese y seguros...... alguien me puede decir q tenemos q hacer?
Efectivamente, Cofidis puede llevarte a juicio y, como dice Poolman, en el juzgado pueden decretar el embargo de tus bienes. Recuerda que se trata de un préstamo personal, lo que significa que eres responsable tú con tus bienes presentes y futuros. Intenta negociar con la entidad algún método para solucionarlo sin pasar por los tribunales: piensa que esto conllevaría muchos más gastos.
Suerte
Pero para embargarte tienen que pasar por un juicio o te embargar directamente
Hola puede cofidis embargarme la cuenta si ya de la nomina ya me quitan otro embargo.
Hola, Eva.
Cofidis por su cuenta (ni ninguna entidad crediticia o banco) podrá embargarte tu nómina por su cuenta, sino que deberá ser a través de un proceso judicial.
En caso de impago, si no se llega a un acuerdo amistoso, Cofidis podría demandarte y sería un juez quien decidiese si se embargaría parte de la nómina o no según diferentes variables.
¡Un saludo!
Hola, elvira arias fernandez.
Cofidis por su cuenta (ni ninguna entidad crediticia o banco) podrá embargarte tu nómina por su cuenta, sino que deberá ser a través de un proceso judicial.
En caso de impago, si no se llega a un acuerdo amistoso, Cofidis podría demandarte y sería un juez quien decidiese si se embargaría parte de la nómina o no según diferentes variables.
Si el impago de los préstamos personales se mantiene, la entidad prestamista podrá reclamar el pago de la deuda por vía judicial y solicitar el embargo de los bienes presentes y futuros (aquí también se incluyen los ingresos).
En caso de perder el juicio, deberás abonar el importe adeudado más las sanciones por demora y los costes del juicio. Para poder llevar a cabo el embargo de una retribución, ya sea una nómina o la pensión, deben cumplirse los límites impuestos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, donde se recalca que el salario no se retira íntegramente, se deben respetar las necesidades económicas de la persona y su familia.
Los ingresos embargables están regularizados por la Ley de Enjuiciamiento Civil y deben ser proporcionales a la retribución percibida. Como ya hemos dicho, se deben respetar las necesidades básicas del afectado y de sus familiares, por eso el embargo se calcula por tramos salariales tomando como referencia el importe del SMI (13.300 euros/año en 2021) y de si el trabajador recibe 12 o 14 pagas:
- Si los ingresos doblan el SMI: el 30%.
- Si los ingresos son tres veces superiores al SMI: el 50%
- Si los ingresos son de hasta cuatro veces el SMI: el 60%
- Si los ingresos son de hasta cinco veces el SMI: el 75%
- Si los ingresos son superiores: el 90%
¡Un saludo!
Hola,
Tengo una duda, voy a heredar de mi padre una parte de una casa spot el que me.puedo llevar 8000€ aproximadamente cuando se venda. El problema es que tiene una deuda la cual se sito en un juicio y fue embargada la pensión de mi padre. No se ha llegado a pagar nada de la deuda por lo que me tocaría as mi pagarla pero me quedé en paro y necesito los ahorros para vivir cuando se me acabe el pro ya que trabajaba y estudio a la vez y necesito un año sin trabajar para poder terminar los estudios...
Tengo miedo que me embargue la cuenta ya que la casa tardará en venderse y necesito ese dinero para sobrevivir un tiempo.
Hola, Francisco.
Para este tema lo mejor es que lo comentes con un abogado especialista en el tema, ya que podrá asesorarte de manera mucho más personalizada.
Al heredar se heredan tanto las deudas como los bienes, por lo que si aceptas la herencia, también deberás terminar de pagar la deuda.
Una opción podrá ser aceptar la herencia a beneficio de inventario: esto significa que los herederos recibirán los bienes restantes de la herencia una vez las deudas han sido atendidas. Esta opción es una alternativa cuando las cargas no superan a los bienes, así podremos aceptar la herencia sin tener que pagar el resto de préstamos o pagos pendientes.
En esta guía gratuita "Fallece un familiar: ¿Cómo gestionar sus cuentas?" explicamos el tema más en detalle, aunque es recomendable que contactes con un abogado experto en herencias para que pueda asesorarte.
¡Un saludo!
Hola soy Marta, a partir de la tercera cuota no pagada, pueden iniciar una reclamación judicial, aunque normalmente dejan pasar hasta seis meses. ... Es decir,si usted no paga y no tiene bienes para embargar el banco puede exigir a sus avalistas que paguen su deuda o también embargar sus bienes.
Por otro lado en el caso de que pasen varios meses sin pagar la cuota, irán subiendo los gastos, y en el caso que comentas de estar pagando algo exagerado de intereses/gastos, puedes acudir a un abogado para denunciar por usura, usura significa que ellos han abusado al cobrarte de manera exagerada y al ser una cantidad pequeña de 3000 euros, el juez al declararlo abuso/usura, solo únicamente tendrás que pagar los 3000 euros que figuran en el contrato, tú como usuario has firmado y comprometido a pagar los 3000 euros, asique no pagarás nada que exceda los 3000 euros, es más, al dictaminarlo el juez, te van a devolver TODOS los intereses que ya has pagado.
Y en el caso de que no pagues y no denuncies, que es una gestión de menos de 100 euros, pasarán los meses, subirán los gastos/intereses y los que te han prestado el dinero te pueden demandar, si te demandan ocurre lo siguiente:
A través del Juzgado de Primera Instancia de la localidad del deudor se entrega la demanda al deudor, que dispone de 20 días para realizar el pago. En este punto puede darse que el deudor: Pague en el plazo habilitado y se archive el proceso. No pague ni comparezca durante el plazo de 20 días
Infórmate porque son muchos juicios ganados a este tipo de empresas.
Espero servirte de ayuda, ÁNIMO que de todo se sale y todo pasa!