por favor si su ilusion es ayudar a la gente afectada por las hipotecas, esta es mi condena, no podemos mas

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F
fabriciobol
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los bancos deberian revisar estos robos de hipotecas que se dieron en su momento y modificarlas ahora y mucha gente que de momento tenemos un trabajo que cada dia va a peor podremos continuar pagando caso contrario deberan atenerse a las consecuancias, esto es un llamado a la piedad para con la gente. fabriciobol1@hotmail.com banesto Oferta vinculante de operación hipotecaria Producto: hipoteca tranquilidad cuota creciente fecha: 2007 Sucursal: Finalidad: compra de vivienda habitual Fincas a hipotecar Madrid-españa Condiciones financieras 1.-capital del préstamo el importe será de 220.000 euros entregándose mediante abono en cuenta corriente de los prestatarios 2.-Amortización El préstamo se amortizara en un plazo variable en función del tipo de interés, con una duración máxima de 480 meses (40 años) a contar desde el primer pago, mas un periodo de carencia de amortización de capital que comprende desde la fecha de formalización hasta el día 1 del mes natural siguiente, fecha en la que el prestatario efectuara el primer pago solo de intereses, salvo que la fecha de formalización coincida con el día 1 del mes natural, en cuyo caso no existirá periodo de carencia, pagándose la primera cuota de amortización. La amortización se efectuara mediante un máximo de 480 cuotas (40 años) los días 1 de cada mes natural, comprensiva de capital e intereses, las primeras 12 cuotas (1 año) de amortización ascenderán a ***922,73 euros creciendo anualmente a una tasa del ***2,50 % sobre el importe de las cuotas del periodo inmediatamente anterior, segundo año será de 945.80 euros La cuota atiende, en primer lugar, al pago de intereses y el sobrante a amortizar capital, si el importe de la cuota no cubriera totalmente los intereses devengados, la cuantía no cubierta se incorporara al capital pendiente de amortizar. Reembolso anticipado: se efectuara en las fechas de pago de las cuotas, si es parcial, será por un importe no inferior a ***601,01 euros, ni superior a un 99,00% del capital que se encuentre pendiente de amortizar al principio del año en que se produzca el reembolso parcial, pudiéndose optar por reducir el importe de las cuotas o el plazo, satisfaciendo una comisión del 0,000% sobre el capital reembolsado. Si es total, la comisión será de un 1,000% sobre el capital pendiente de reembolso, salvo que sea por subrogación activa, en cuyo caso será del 0,5%. 3.- intereses ordinarios se devengaran desde la entrega del préstamo a un tipo nominal anual del 5,000% hasta 120 meses desde el primer pago o en su caso, desde el día de la firma si el préstamo se formaliza el día uno del mes natural. Posteriormente el interés será variable, liquidándose cada mes natural, se calculara utilizando la formula de interés simple, i = c.r.t. : 36.000 (año 360 días) siendo i = intereses devengados, c = saldos mantenidos r = tipo de interés nominal t = días de permanencia. 3bis .- tipo de interés variable. Transcurridos 120 meses (10 años) desde el primer pago, o en su caso desde el día de la firma si el día de la firma se formaliza el día 1 del mes natural, el tipo natural será el que resulte de aplicar 0,700 puntos al tipo de interés de referencia o 0,50 puntos al índice de referencia sustitutivo que se indican a continuación y se definen al dorso, redondeada dicha suma al mas cercano múltiplo de 0,000 puntos. Dicho tipo nominal será revisable cada 12 meses. Tipo de referencia: euribor hipotecario a un año Tipo de referencia sustitutivo, que se utilizara excepcionalmente: trh total entidades En el periodo de vigencia del interés variable se establece un tipo de interés mínimo del 0,000% y máximo del 99,999 % a efectos informativos del coste efectivo de la operación que se oferta, se señala una tasa anual equivalente (t.a.e.) del 5,200 % que variara con las revisiones del tipo de interés, calculada conforme a la circular 8/90 y sus modificaciones posteriores. 4.- comisiones apertura: 1,000 % sobre el importe del capital del préstamo, con un mínimo de ****0,00 eur , que se devengara y se liquidara en la fecha de entrega del préstamo. Modificación de condiciones o garantías: 0,500 % sobre capital pendiente de reembolso, salvo que sea exclusivamente de ampliación del plazo, en cuyo caso será del 0,10 % , se devengara y liquidara en la fecha en que se efectúen tales modificaciones Cancelación/amortización anticipada: conforme lo establecido en la condición financiera 2* 5.- gastos a cargo del prestatario reclamación de posiciones deudoras: por cada posición vencida y reclamada inferior a ********0 eur , *****25,00 eur y por cada posición superior, *****25,00 eur , devengable en ese momento y liquidable cuando cese esta situación.

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