Carla y Alberto son un joven matrimonio que necesita financiación para reformar su casa, porque esperan un hijo y quieren ampliar una de las habitaciones. Al ser un proyecto compartido, creen que lo más lógico es contratar un préstamo en pareja para cubrir el gasto. De este modo, los dos serán titulares de la deuda (cotitulares) y podrán pagar las cuotas del crédito a medias.
A ambos, sin embargo, les da un poco de vértigo compartir un préstamo. Y es que una deuda puede ser una fuente de discusiones futuras, sobre todo si el matrimonio termina en divorcio. Para dejarlo todo bien atado y evitar cualquier complicación, desde HelpMyCash aconsejamos, en casos como este, redactar un contrato privado en el que se deje acordado todo lo relativo al crédito: cómo se pagará, a quién pertenecerá el bien financiado y qué pasará con el préstamo si la pareja se rompe.
1. ¿Cómo se pagará este crédito entre dos titulares?
Para empezar, si vas a pedir un préstamo con tu pareja, debéis acordar cómo se pagará. Lo más habitual es que las cuotas se abonen a medias, es decir, que cada uno aporte el 50% del importe de la mensualidad. Ahora bien, si queréis, podéis negociar otro reparto: que tú pagues el 70% y la otra persona el 30%, que tú abones las cuotas en la primera mitad del plazo y tu pareja la otra mitad…
Ese reparto tiene que quedar claramente reflejado en el contrato privado que formalicéis en paralelo al crédito. Para el banco, vuestro acuerdo no tendrá validez: si uno de vosotros no hace frente a su parte, os reclamará el pago de la deuda a ambos. Pero de manera interna, el contrato os servirá como base para reclamar si alguno de vosotros no cumple con sus obligaciones.
2. ¿De quién será el bien financiado con el préstamo en pareja?
Otro punto que debe constar en vuestro acuerdo es de quién será el bien financiado. En la reforma de Carla y Alberto, esto no aplica, porque no se compra un bien propiamente. Pero si el crédito lo pedís para adquirir muebles, por ejemplo, habrá que indicar en el contrato privado a quién pertenecerán: a ambos al 50%, unos muebles a ti y otros a tu pareja… Así, si os separáis, sabréis quién debe quedarse con qué.
Mención aparte merece la compra de un coche. Aunque lo financiéis con un crédito con dos titulares y paguéis las cuotas a medias, un vehículo solo puede registrado a nombre de una persona en la Dirección General de Tráfico. Si vuestra idea es compartir su uso y sus gastos, deberéis indicarlo en el contrato privado para que, en caso de venta, se reparta el beneficio a partes iguales.
3. ¿Qué pasará con el préstamo si la pareja se rompe?
Y llegamos ahora al punto más delicado: decidir qué haréis con el préstamo en caso de que vuestra relación se termine. Podéis acordar que lo pague solo uno de vosotros (el que se quede con el bien financiado), seguir abonándolo a medias, liquidarlo si tenéis ahorros suficientes para saldar toda la deuda…
En caso de que acordéis que lo pague uno de vosotros, os aconsejamos indicar también que esa persona negociará con el banco para que retire al otro cotitular. De esta manera, esa persona quedará liberada de la deuda y la entidad no le podrá reclamar nada si el crédito no se paga.
¿Todo aclarado? Llega el momento de buscar un buen crédito
Una vez acordados todos estos aspectos, ya podéis contactar con varias entidades para pedir un préstamo en pareja. Desde HelpMyCash os aconsejamos acudir a tantas financieras como sea posible: vuestro banco de toda la vida, otros bancos, establecimientos financieros de crédito… Comparad todas las opciones, negociad con cada entidad y quedaos con la que os ofrezca las mejores condiciones.
En general, habréis contratado un buen crédito si tiene un interés por debajo de la media, que es del 7,09%, según el Banco de España. También es recomendable que no os cobren comisiones de apertura o estudio ni que os exijan contratar otros productos del banco que cuesten dinero, como seguros o tarjetas.
Por ejemplo, el Préstamo Personal de Cofidis puede ser una buena opción. Este crédito, que puede tener un máximo de dos titulares, cuenta con un interés desde el 5,25% TIN (5,38% TAE) y no incluye comisiones ni productos asociados. Su importe es de entre 6.000 y 60.000 euros y su plazo de devolución es de hasta diez años.
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