Ya hace más de dos meses que el Tribunal Supremo estableció que una hipoteca multidivisa es abusiva cuando se concede con falta de transparencia, pero muchos de los afectados por este producto todavía no han interpuesto una reclamación porque no saben si esa sentencia se aplicaría también a su caso. Por ello, en el presente artículo explicamos en qué situaciones podemos demandar al banco y, si ganáramos el juicio, cuánto dinero podríamos recuperar y qué ocurriría con la hipoteca.

Los préstamos en moneda extranjera son nulos si son “opacos”

Lo que debemos tener muy claro es que las hipotecas en otras divisas no son nulas de por sí; lo es su concesión “opaca” o poco transparente. Dicho de otra manera, solo recuperaremos el dinero si el banco no nos explicó bien las consecuencias y los riesgos de contratar esta clase de productos, es decir, si no nos informó adecuadamente sobre el efecto que podrían tener las fluctuaciones de la divisa en el precio de la hipoteca.

Para demostrarlo tendremos que reunir toda la documentación que nos facilitó la entidad antes de firmar la hipoteca multidivisa: la Ficha Informativa Personalizada del producto (FIPER), la oferta vinculante, los folletos publicitarios, etc. En este punto, es aconsejable que nos dejemos asesorar por un despacho de abogados o por una asociación de consumidores para determinar si realmente podemos interponer la reclamación.

Una vez tengamos todos los documentos necesarios para demostrar que el banco no nos informó sobre los riesgos del producto, ya podemos interponer la demanda (a través de un abogado) al juzgado especializado en cláusulas abusivas de nuestra provincia. Estos se encuentran ahora en una situación de colapso por las reclamaciones por la cláusula suelo o por los gastos hipotecarios, así que es posible que tardemos un tiempo en obtener la sentencia favorable.

¿Qué pasará con la hipoteca multidivisa si se declara abusiva?

Si demostramos en el juicio que nuestro préstamo en moneda extranjera se nos concedió con falta de transparencia, el magistrado que lleve nuestro caso declarará la nulidad parcial del contrato. Esto significa que no estaremos obligados a devolver la totalidad del capital otorgado al banco sin los intereses, algo que sí ocurriría si la nulidad fuera total.

Con la nulidad parcial, se convertirá la hipoteca multidivisa a euros y se calculará de nuevo el precio de las mensualidades y el capital pendiente. Asimismo, el banco nos tendrá que devolver absolutamente todo el dinero que nos haya cobrado de más tanto en intereses como en capital descontándolo del capital pendiente. La parte del principal es especialmente relevante, pues uno de los problemas de estos productos es que el saldo pendiente aumenta exponencialmente cuando el valor de la moneda extranjera sube, lo que provoca que la deuda sea mucho más alta que en el momento de la contratación.

Por ahora, esta es la única manera de conseguir que el banco pase nuestra hipoteca a euros y nos reembolse todo el dinero que nos cobró de más por culpa de la fluctuación de la divisa correspondiente (yenes o francos suizos, por lo general). La nueva ley hipotecaria que se está “horneando” en el Congreso de los Diputados reconocerá el derecho de convertir estos productos a nuestra moneda unilateralmente, pero solo podrán ejercerlo aquellos que firmen su préstamo tras su entrada en vigor.