Firmar una hipoteca sin hacer una tasación de vivienda es como estornudar con los ojos abiertos: imposible. Para poder financiar la compraventa de un inmueble, el banco necesitará conocer su valor. Por lo general, las entidades no suelen financiar más del 80% del valor más bajo entre el precio de compraventa y el resultado de la tasación. Pero ¿en qué parte del proceso deberemos aportar este documento? ¿Quién se encarga de cubrir este coste? ¿Y si tenemos una tasación vigente? En el siguiente artículo daremos respuesta a estas cuestiones.
1. En qué momento se hace y para qué sirve
Si comparamos las distintas ofertas del mercado hipotecario, apoyar nuestros primeros análisis en el precio de compraventa podría ser suficiente. Sin embargo, si queremos iniciar las negociaciones con el banco para conseguir una oferta vinculante, la entidad requerirá conocer el valor de la vivienda.
Saber cuál es el precio del inmueble financiado será útil para dos cosas:
- Ayudará a la entidad a medir el riesgo de la financiación. El precio de compraventa no tendría por qué corresponderse totalmente con el valor de la vivienda. Por eso, el banco querrá saber cuánto dinero podría recuperar con la venta del inmueble si en algún momento dejáramos de pagar.
- Este informe será determinante para delimitar el capital máximo de la hipoteca. Los bancos suelen conceder el 80% del valor de la tasación para no asumir demasiado riesgo.
¡IMPORTANTE! Si el valor de la tasación es muy inferior al precio compraventa, quizás estés comprando por encima del precio de mercado. Una opción sería renegociar con el vendedor el importe total del inmueble.
2. Quién paga la tasación de vivienda
La tasación de vivienda corre a cargo del cliente y suele rondar los 350 euros. Sin embargo, hay bancos que nos podrían reembolsar el importe por este concepto si finalmente firmamos la hipoteca con ellos.
Lo normal sería que los bancos nos propusieran una entidad tasadora con la que colaboran, pero si quisiéramos, podríamos hacerla con cualquier otra siempre y cuando estuviera homologada.
3. ¿Y si ya tengo una y el banco no la acepta?
En el caso de que tuviéramos una tasación vigente realizada por una entidad homologada, podríamos aportarla sin problema. Entonces el banco tendría dos opciones:
- Aceptarla. Si el documento tiene una antigüedad inferior a seis meses, se considerará una tasación actualizada y la entidad podría tomarla como referencia para sus cálculos.
- Solicitar una revisión. Si la entidad no se fiara del documento que aportamos, podría solicitar una nueva tasación. Eso sí, los gasto de la operación correrían por su cuenta y no nos podría cobrar ni un céntimo por ello.
¡IMPORTANTE! El Banco de España actualiza periódicamente la lista de entidades tasadoras homologadas.
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