Uno de los requisitos que hay que cumplir en la mayoría de los casos para obtener un buen préstamo hipotecario es contratar el seguro de vida vinculado a la hipoteca que nos ofrece el banco. Al firmar la póliza, el banco se asegura el reembolso del crédito en caso de fallecimiento, pero ¿qué beneficio aporta este producto al consumidor? A continuación detallaremos las coberturas de estos seguros y veremos si realmente estamos obligados a contratarlos.
¿Qué cubren los seguros de vida de las hipotecas?
Por sus condiciones, los seguros hipotecarios de amortización no suelen ofrecer ningún tipo de ventaja a los asegurados, pero sí a los miembros de su familia. En caso de fallecimiento, la empresa aseguradora se encarga de cancelar el capital de la hipoteca, por lo que los familiares del difunto (la pareja y los hijos, principalmente) no heredan el préstamo y no se ven obligados a pagar sus cuotas. En algunos casos, también se cancela el principal del crédito en caso de invalidez permanente, pero no es lo más habitual.
Para verlo con un ejemplo, el Seguro de Vida Eurocrédito de la Hipoteca Cereza de Banco Popular cubre la deuda del asegurado en caso de fallecimiento. Además, cuenta con la particularidad de que permite elegir el capital a asegurar, que puede ser todo el principal del préstamo hipotecario o solo una parte. Para conseguir la Hipoteca Cereza con las mejores condiciones también es necesario domiciliar la nómina y contratar un seguro de hogar.
Por tanto, con los seguros de vida de las hipotecas evitaremos que nuestra familia tenga que encargarse de amortizar el crédito en el caso de que muramos. Eso sí, contratar esta clase de pólizas tiene un precio que variará según nuestra edad, nuestro historial médico y nuestra situación familiar, que tendremos que abonar en cuotas mensuales o anuales (prima mensual o anual).
Cuidado: los seguros hipotecarios no son obligatorios
Sin embargo, es importante saber que no estamos obligados a contratar uno de estos seguros hipotecarios. De hecho, la ley española solo establece que los titulares de las hipotecas tienen que firmar un seguro antiincendios, que se puede suscribir con cualquier compañía aseguradora (no necesariamente con la entidad bancaria). Esto cambiará con la nueva ley hipotecaria que está ahora mismo en fase de anteproyecto, que permitirá que el banco pueda exigir la contratación de un seguro de vida (aunque este también podrá contratarse a través de cualquier compañía). .
Como no pueden obligar a sus clientes a contratar sus seguros, muchos bancos solo ofrecen tipos de interés atractivos si, a cambio, se firman la pólizas. En caso de no cumplir este requisito, el tipo aplicado sobre la hipoteca puede aumentar hasta en un punto porcentual (en algunos casos, la penalización puede ser aún mayor), por lo que las cuotas a pagar serán notablemente más elevadas.
No obstante, existen unas pocas entidades que no ofrecen bonificaciones por contratar un seguro de vida de la hipoteca o un seguro de hogar. Es el caso de Bankia: por ejemplo, su Hipoteca Sin Comisiones Variable se puede conseguir con el tipo de interés mínimo (1,20 % fijo el primero año y euríbor más 1,20 % el resto del plazo) sin tener que contratar ningún seguro. El único requisito de vinculación de este producto es mantener domiciliada una nómina de más de 1.800 euros mensuales.
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