Se acerca la época dorada de las rifas y loterías: el 11 del 11 de la ONCE, el Sorteo Extraordinario de Navidad y de “El Niño” de Loterías y Apuestas del Estado… Si eres uno de los ganadores de cualquiera de estos sorteos, probablemente usarás el dinero para “tapar agujeros”. Es decir, para saldar todas o una parte de las deudas que tienes con bancos u otras entidades financieras.

Seguramente, de entre las deudas que tengas contraídas, alguna será un préstamo con garantía personal: la financiación del coche, el crédito que firmaste para reformar tu casa… En ese caso, es probable que te preguntes cómo se debe cancelar un préstamo personal si tienes el dinero suficiente para saldarlo antes de tiempo. En este artículo despejaremos estas y otras dudas para que te quede todo claro.

Siempre tienes derecho a amortizar anticipadamente tu crédito

Empecemos por lo básico: tienes derecho a cancelar tu préstamo anticipadamente en el momento que te dé la gana, . Eso sí, para ello debes tener el dinero suficiente con el que saldar tu deuda pendiente. Lo dice claramente el artículo 30.1 de la Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo, que es la que regula los préstamos personales.

¿Y cómo se salda una deuda antes de tiempo? Es muy fácil. Solo tienes que ponerte en contacto con la financiera, comunicar tu intención de liquidar el préstamo, pagar el capital que quede pendiente y ¡voilá! Tu crédito quedará oficialmente cancelado. No obstante, para asegurarte de que ya no debes nada, te recomendamos pedir un certificado de deuda cero a la entidad, que es un documento que acredita que el préstamo ha sido liquidado.

El certificado de deuda cero te lo tienen que entregar gratuitamente.

Te pueden cobrar una comisión por la cancelación anticipada

Ahora bien, antes de hablar con la financiera, revisa el contrato de tu préstamo. Ahí se especifica si tu entidad tiene derecho a cobrarte una comisión por la amortización anticipada de la deuda. Por ley, el precio de esta compensación no puede superar los siguientes límites:

  • El 0,5% sobre el importe pagado por adelantado, si quedan 12 meses o menos para que acabe el plazo de devolución del crédito.
  • El 1% sobre el importe pagado por adelantado, si quedan más de 12 meses para que termine el plazo.

Por ejemplo, pongamos que tienes un préstamo personal con un importe pendiente de 10.000 euros y en el contrato se establece una comisión por amortización anticipada con los límites mencionados. En ese caso, cancelando el crédito antes de tiempo, te tocará pagar 50 euros si te queda un año o menos de plazo o 100 euros si queda más plazo pendiente.

Consejo de HelpMyCash: pagar esta comisión suele compensar, porque su coste suele ser menor que lo que te ahorrarás en intereses si saldas tu deuda antes de tiempo. De todos modos, te recomendamos hacer números para asegurarte.

Es mejor pedir prestado a una financiera que no la aplique

El precio de esta comisión no es muy alto, pero siempre es mejor no tener que pagarla. Por ello, si vas a contratar un préstamo, te aconsejamos acudir a una entidad que no aplique comisiones por amortización anticipada. Por ejemplo, si necesitas dinero para cubrir gastos puntuales, como compras o urgencias, quizás te interese el Crédito Directo de Cofidis: no tiene comisiones por amortización anticipada y su interés es parecido al de las tarjetas de crédito (21,45% TIN; 23,70% TAE).

También se cancelarán los seguros asociados al préstamo

Al firmar un préstamo personal, es bastante común contratarlo asociado a un seguro de vida o a uno de protección de pagos. En el primer caso, si mueres o quedas incapacitado, se saldará la deuda. Y en el segundo, si te quedas sin trabajo, la aseguradora te pagará las cuotas del crédito durante un máximo de 12 meses.

¿Qué ocurre con estos seguros si se cancela el préstamo? La Ley 16/2011 lo deja muy claro en su artículo 30.6: “El reembolso anticipado de créditos que cuenten con un seguro vinculado a la amortización del crédito o a cuya suscripción se haya condicionado la concesión del crédito o su concesión en las condiciones ofrecidas, dará lugar a la devolución por parte de la entidad aseguradora al consumidor de la parte de prima no consumida”.

Es decir, que los seguros también quedarán automáticamente cancelados y la aseguradora tendrá que devolverte la “prima no consumida”. Por ejemplo, si el seguro se paga con una cuota anual y liquidas tu crédito a mitad de año, te tendrán que devolver la mitad de la prima.