Parece que cada vez hay más clientes y entidades interesados en que vuelvan a darse hipotecas inversas en España. Según El Confidencial, hoy se celebra en Madrid un encuentro entre varios actores de este sector, lo que indica que, en un futuro cercano, podríamos volver a ver estos productos anunciados en los escaparates de los bancos. Pero ¿cómo funcionan exactamente estas hipotecas? Y ¿por qué hay quien dice que pueden ser un buen complemento a la pensión? En este artículo trataremos de resolver todas estas dudas.

¿Qué es una hipoteca inversa?

Lo primero que hay que entender de estas hipotecas es que no son créditos hipotecarios al uso. De hecho, funcionan exactamente del revés: lo que se hace es hipotecar una vivienda propia por una cantidad determinada, que el banco o aseguradora nos pagará en forma de cuotas hasta que nos muramos o hasta que venza el plazo, según el tipo de contrato.

A estas mensualidades, eso sí, les descontará unos intereses. Cuando nos muramos, si no tenemos herederos, la entidad se quedará con nuestra casa o piso. Y si los tenemos, estos tendrán que devolverle a la entidad el dinero que nos haya pagado para poder quedarse con la vivienda.

Existen, además, diversos tipos de hipoteca pensión: con transmisión de la vivienda antes del fallecimiento, con pago de cuotas (rentas) hasta que el titular muera, etc. Si queremos saber cuáles son, podemos consultar la siguiente guía elaborada por el Banco de España.

¿Quién puede conseguir una hipoteca pensión?

El Banco de España es el órgano que supervisa la comercialización de estos productos. Asimismo, establece cuáles son los requisitos que hay que reunir para poder contratarlos. Veamos cuáles son:

  • Disponer de una vivienda en propiedad, es decir, que no tenga hipotecas ni otras cargas.
  • Cumplir una de estas tres condiciones:
    • Tener más de 65 años.
    • Sufrir una discapacidad del 33% o más y tener más de 65 años.
    • Tener una dependencia severa o gran dependencia; sin límite de edad.

Contratar una hipoteca inversa es, por lo tanto, una manera de conseguir un complemento a la pensión por jubilación, incapacidad o dependencia. Antes de hacerlo, eso sí, conviene consultar la letra pequeña del contrato para no encontrarse con sorpresas.

Los bancos no dan hipotecas inversas… de momento

Hasta ahora hemos visto cuál es la teoría, pero ¿qué entidades conceden hipotecas inversas en España actualmente? En estos momentos, ningún banco de nuestro país comercializa estos productos, aunque algunos como Bankinter o Banco Santander ya se han mostrado abiertos a volverlos a añadir a sus catálogos.

Por lo tanto, al menos por ahora, la única manera de conseguir estas hipotecas es acudir a entidades aseguradoras. Caser, por ejemplo las concede en colaboración con el banco portugués BNI, mientras que también existen algunas aseguradoras especializadas en soluciones para la tercera edad que comercializan estos productos: Óptima Mayores, Grupo Retiro…

Con una rápida búsqueda por Internet es relativamente fácil encontrar entidades de este tipo. Aun así, para evitar posibles fraudes, es recomendable que nos aseguremos de que estén debidamente registradas y autorizadas para operar en España. Y, como siempre, también tenemos que leer bien el contrato para tener claro cuánto nos pagarán cada mes, hasta cuándo lo harán y cuáles serán los costes de la operación: intereses, comisiones, etc.