Según la Memoria de Reclamaciones 2018 presentada por el Banco de España, las quejas sobre los créditos al consumo crecieron más de un 80% respecto a 2017. El estudio asegura que muchas de ellas venían de clientes que contrataron un préstamo para financiar el dentista y, tras el cierre de la clínica, exigían su cancelación. Para arrojar un poco de luz sobre este tema, en el presente artículo explicaremos qué sucede en estos casos, qué hay que hacer para reclamar y qué derechos tienes como consumidor si pides uno de estos productos.
Se anula el crédito para el tratamiento dental
Cuando financias cualquier tipo de tratamiento dental (una odontología, una endodoncia, etc.), estás firmando lo que se llama un “contrato de crédito vinculado”. Es decir, formalizas un préstamo que sirve exclusivamente para pagar un bien o un servicio determinado.
En consecuencia, si no te proporcionan ese servicio según lo pactado porque la clínica cierra, el crédito debe anularse automáticamente sin coste para ti. Por lo tanto, no te pueden seguir cobrando las cuotas.
Por desgracia, a muchos clientes les siguen pasando los recibos de las mensualidades aunque su dentista ya haya cerrado. En estos casos, tienes dos vías para reclamar a la financiera que deje de cobrarte:
- Ante su servicio de atención al cliente: todas las financieras disponen de un departamento que se encarga de gestionar las reclamaciones formales de sus clientes. Si no aceptan tu queja o no te contestan en dos meses, puedes elevarla al Banco de España, aunque sus resoluciones no serán vinculantes para la entidad.
- Ante un juzgado: también puedes llevar a la financiera a juicio para que deje de cobrarte. En general, los jueces suelen condenar a la clínica a pagar el préstamo.
Además, al contratar un crédito para financiar el dentista también tienes derecho a reclamar una compensación a la financiera por no haber terminado el tratamiento, siempre que se la hayas reclamado antes a la clínica y esta no te la haya dado. Así lo estipula el artículo 29.3 de la Ley 16/2011.
Otros derechos del solicitante de préstamos para financiar el dentista
La financiación de un tratamiento dental se formaliza mediante la concesión de un préstamo personal. Por lo tanto, tienes los mismos derechos que si pidieras un crédito para comprar un coche o para hacer una reforma, por ejemplo. En el siguiente listado te resumimos los más importantes:
- A recibir toda la información: la clínica te tiene que proporcionar todas las condiciones del préstamo que contrates, que deben estar recogidas en el formulario de Información Normalizada Europea (INE).
- A pedir una oferta vinculante: le puedes pedir al dentista que te haga una oferta vinculante, lo que le obligará a mantenerte esas condiciones de financiación durante un mínimo de 14 días naturales.
- A escoger financiera: si la financiación del dentista no te parece la mejor, puedes acudir a otras entidades para conseguir el dinero para el tratamiento.
- A desistir del contrato: puedes anular unilateralmente el crédito durante los primeros 14 días naturales desde la firma sin que la financiera te pueda cobrar ninguna compensación por ello.
- A devolver dinero anticipadamente: también tienes derecho a hacer amortizaciones anticipadas, es decir, a devolver una parte o todo el préstamo antes de lo pactado.
En este último caso, sin embargo, la financiera tiene derecho a cobrarnos una compensación del 1% sobre la suma devuelta (0,5% si queda un año o menos para que venza el plazo), siempre que esta comisión esté incluida en el contrato. Aunque hay que decir que algunas entidades no la aplican nunca: por ejemplo, Cofidis no nos la cobrará si contratamos su Crédito Proyecto para pagar a plazos al dentista.
Kirsis Batista
Tengo un préstamo con una clínica dental pero tengo varios meses sin asistir a consulta y aún me siguen cobrando. Lo puedo cancelar?
Iñigo Esteban
Hola Kirsis Batista,
Depende. El préstamo se puede cancelar anticipadamente, pero en muchos casos es posible que te cobren una comisión por amortización anticipada que será del 0,5% si queda menos de un año de plazo o de 1% si queda más de un año.
A su vez, si has dejado de ir al dentista porque éste ha cerrado, pero a la vez sigue cobrándote, lo mejor es que contactes con abogado especialista para dejar de pagar y reclamar lo que te hayan cobrado de más, si es que no han concluido su servicio.
Saludos