Uno de los grandes miedos que existen al pedir un crédito es qué podría pasar si, por cualquier circunstancia, no se reembolsa a tiempo. Al firmar un contrato te estás comprometiendo a cumplir con todas las condiciones que aparecen en él, incluyendo el pago de las cuotas en la fecha acordada. En caso de impago, y por tanto de incumplimiento del contrato, las entidades tienen unos protocolos de actuación también detallados en el acuerdo y que siguen la legislación actual.

¿Es aconsejable dejar de pagar un crédito?

Rotundamente no. Ante las dificultades económicas no son pocas las personas que se plantean no abonar la cuota de un préstamo y utilizar ese dinero para otros menesteres. Sin embargo, desde el momento en el que te demores se iniciará un proceso que irá incrementando la deuda poco a poco. Además, en caso de dilatarse, puede derivar en consecuencias aún más graves. Veamos cómo proceden las entidades cuando no se les paga un crédito:

Primera cuota impagada

Se comienzan a aplicar los intereses de demora, más elevados que los propios del crédito, pero que no podrán superarlos en más dos puntos porcentuales.

Asimismo, también se cobra la llamada comisión por reclamación de posiciones deudoras. Este aviso lo hace la entidad por los recibos devueltos y por recordarte que debes pagar la mensualidad del préstamo. Su coste suele rondar los 30 y los 45 euros.

Segunda cuota sin pagar

Al segundo mes de no pagar lo acordado, es muy probable que el banco introduzca tus datos en algún fichero de impagos como ASNEF. Una vez te hayan inscrito en cualquiera de estos registros, tus opciones de conseguir financiación serán mucho más reducidas.

Para inscribirte en ASNEF la entidad deberá primero negociar contigo una forma de devolución amistosa de las cuotas impagadas. En caso de no llegar a un acuerdo es cuando debe comunicarte por escrito su intención de inscribirte en dicho fichero conforme con la Ley de Protección de Datos lanzada a mediados de 2018.

Tercera cuota no pagada

A partir de la tercera mensualidad impagada es posible que el banco decida iniciar una reclamación judicial para recuperar el dinero del crédito. Una vez hayas entrado en el terreno judicial, lo que suceda dependerá mucho del tipo de crédito que tengas contratado, así como del importe. Por ejemplo:

  • Si el crédito impagado es un mini préstamo que hayas solicitado (de una cantidad que no suele superar 1.200 euros), es muy probable que el impago se salde con una entrada en ASNEF que quedará pendiente hasta que se liquide la deuda. Aun así difícilmente la entidad querrá entrar en gastos judiciales por un importe tan pequeño. De hecho, los mini créditos tienen unos intereses tan elevados para protegerse precisamente de su elevada tasa de morosidad.
  • Si el crédito impagado es un préstamo personal que has adquirido, la cosa puede ser más seria, puesto que lo más seguro es que el banco emprenda acciones legales contra ti. Teniendo en cuenta que en un préstamo personal la garantía son todos tus bienes presentes y futuros, tienes mucho que perder.
    • El juez podría ordenar el embargo de tus bienes, comenzando por la nómina, los ahorros, la vivienda, coche o cualquier bien que considere necesario reclamar para saldar la deuda. Si, además, tienes avalistas, éstos también están sometidos de igual modo a la responsabilidad sobre la deuda.

En definitiva, el impago de un crédito siempre supone una serie de problemas para el deudor, y aunque variarán en función del tipo y del importe de la deuda, nunca es una situación agradable. Por lo tanto, desde HelpMyCash siempre recomendamos encarecidamente que quien no pueda pagar un crédito, no lo solicite.

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