Se acabaron los malentendidos y las leyes a medias: a partir de ahora, los registradores y los notarios tendrán que acatar lo establecido por La Dirección General de Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, en el momento de cancelar una hipoteca. Si hasta ahora, una persona que ya había devuelto toda la hipoteca al banco, aún podía pagar unos 200 € más a causa de estos gastos, en lo sucesivo éstas serán las tarifas establecidas por ley:
Notarios
Se establece un precio de:
- 30,05 € por el trámite de la cancelación de la hipoteca
- +5 € por cada folio de la escritura, aunque se prohibe cobrar nada a partir de la 5ª hoja
- TOTAL: 55,05 €
Los notarios ya no podrán cobrar por: información registral (24 €), fax de comunicación al registro (30 €), certificado de cargas (24 €), diligencia de catastro (18 €), obtención de certificaciones bancarias (60 €) ni búsqueda de antecedentes (60 €).
Registradores
El Registro de la Propiedad solo podrá cobrar 24,04 € por la cancelación del préstamo. Y como los honorarios del registrador van en función del capital pendiente, y en el caso de la cancelación de hipotecas el capital pendiente es 0 €, la tarifa sigue siendo de 24,04 €.
Los registradores ya no podrán cobrar por: certificación telemática (6 €), certificación gráfica y catastral (24 €), nota marginal geobase (9 €), cambio de titular de vivienda (24 €) ni nota informativa notario (9 €).
Ley en vigor desde 2007
En realidad, estas tarifas ya fueron aprobadas en la ley de subrogación y modificación de hipotecas aprobada en 2007, cuando el Gobierno aprobó una rebaja del arancel que cobran notarios y registradores por las cancelaciones de créditos hipotecarios. Pero estos funcionarios cerraron los ojos a la nueva normativa, la reinterpretaron a su manera y siguieron inflando sus facturas, hasta que en septiembre de 2011, la OCU denunció el incumplimiento de la ley, como ya informamos desde este blog.
¿Qué hacer si nos cobran de más al cancelar la hipoteca?
Según ha publicado elpais.com, «cualquier ciudadano que reciba una factura en la que se incluyan estos conceptos, con independencia del trámite que las genere, podrá recurrir a la Dirección General de Recursos y del Notariado para pagar lo que estrictamente establece la ley». Esperemos que notarios y registradores se atengan por fin a lo que marca la Ley.
¿Tienes dudas o quieres que te asesoremos sobre cómo actuar en tu caso particular? Envíanos tu pregunta a nuestro Foro de Hipotecas o a la página Facebook ¿Por qué pagar de más por tu hipoteca? Te esperamos con una respuesta a medida.
Antonio
Cancele mi hipoteca en el año 2018/2019 no recuerdo bien, podría reclamar el dinero que me cobraron de más?
PEDRO CERVERA
Buenos dias quiero saber como si el banco me dice que me cobraran alrededor de 350 euros por hacer los tramites de cancelacion de hipoteca e notario y registro.¿si segun ustedes ya la hipoteca esta pagada ,solo falta el certificado de deuda(0 euros)notario (maximo 55.05 euros ) registro (24.04) total 80 euros me estan diciendo que me pueden cobrar 270 por la CARA? ¿PUEDO HACER YO PERSONALMENTE DICHOS TRAMITES?
HelpMyCash
Hola, Pedro. Efectivamente. Aunque te den largas en el banco si les preguntas, lo cierto es que son trámites que puedes hacer tú mismo para ahorrarte un dinero. Te recomendamos leer el siguiente artículo. Saludos!