Esta semana empieza el maratón al que se enfrentará la banca española por las posibles cláusulas abusivas que se incorporaron en dos de sus productos financieros. El miércoles 26 de febrero se conocerá si los intereses de sus tarjetas de crédito, mientras que el 3 de marzo se sabrá si el IRPH debía pasar o no un control de transparencia. Aquí te explicamos los detalles sobre ambos procesos y qué consecuencias podrían traer dos sentencias favorables a los consumidores.

26 de febrero: intereses de las tarjetas ‘revolving’

La primera parada será el próximo miércoles en el Tribunal Supremo español. Nuestro máximo órgano judicial tiene que decidir, por primera vez, si los intereses de más del 20% que tienen las tarjetas de crédito en su modalidad de pago a plazos (revolving) son desproporcionados y, por lo tanto, usurarios.

La clave de este caso es el interés con el que se puede comparar el de estas tarjetas. De media, este supera el 20%, que es más del doble que el de los créditos al consumo, que fue del 7,91% TAE en diciembre de 2019, según el Banco de España. Los bancos, sin embargo, defienden que los intereses de sus tarjetas deben agruparse en una categoría aparte, pues como el riesgo de impago es mayor, sostienen que es normal que apliquen unos tipos más altos.

Cabe destacar que el Supremo ya anuló en 2015 el interés del 24,5% TAE de un crédito revolving. Si volviera a fallar en contra de la banca, todos los usuarios que hayan utilizado el pago aplazado de sus tarjetas podrían reclamar que se les devuelva lo pagado en intereses. Esto provocaría un agujero importante en las cuentas de las entidades financieras, pues todas ellas comercializan tarjetas de crédito con intereses de en torno al 20%.

3 de marzo: posible abusividad del IRPH

Menos de una semana después del fallo del Tribunal Supremo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronunciará sobre una de las posibles cláusulas abusivas más polémicas: el índice IRPH Entidades. Se trata de una referencia parecida al euríbor, aunque mucho más alta, que muchos bancos ligaron al interés de sus hipotecas en los primeros años postcrisis.

El día 3 de marzo, el TJUE decidirá si el IRPH debe someterse o no a un control de transparencia, es decir, si los jueces deben comprobar si los bancos dieron las explicaciones pertinentes a sus clientes antes de incorporarlo a sus hipotecas. Si tuviera que pasarlo, podría declararse abusivo en aquellos casos en los que las entidades no dieron la suficiente información sobre este índice.

Como en el caso anterior, una sentencia favorable a los afectados les permitiría recuperar todo lo pagado de más en intereses por culpa de este índice. Así, la banca estaría obligada a devolver millones de euros: entre 7.000 y 44.000 millones según Goldman Sachs. Desde HelpMyCash.com hemos elaborado un simulador gratuito con el que puedes calcular cuánto podríamos reclamar.

¿Tu préstamo tiene una cláusula abusiva? Así puedes reclamar

Las mencionadas posibles malas prácticas son solo las últimas que han llegado a los juzgados, pero los tribunales ya han condenado a la banca por otras cláusulas abusivas: el vencimiento anticipado de las hipotecas y de los préstamos personales, la cláusula suelo, los créditos multidivisa…

Si nuestro préstamo incluye cualquiera de estas cláusulas, podemos exigir que nos las eliminen y que nos devuelvan lo que nos cobraron de más por su culpa, ya sea por la vía judicial o mediante una reclamación ante el propio banco. Y si el crédito en cuestión es una hipoteca, podemos acudir al juzgado especializado de nuestra provincia. Podemos buscar cuál nos corresponde en la siguiente guía gratuita: