Las hipotecas no son iguales para todos y menos a la hora de desgravar con la vivienda. La cita con Hacienda es el tema de moda de estas fechas porque a la hora de rellenar el borrador nos aparecen todas las dudas. La campaña del IRPF de 2014 vuelve a estar marcada por el adiós a las deducciones por la compra y el alquiler de vivienda habitual que se hicieron a partir de 2013. Los que sí conservan la suerte de poder desgravar la hipoteca son los que firmaron el préstamo hipotecario antes del 1 de enero de 2013.
¿Qué ventajas fiscales sobreviven?
Los que se podrán beneficiar de las ventajas fiscales para poder desgravar la hipoteca son:
- Las hipotecas que se firmaron antes de 2013. Si a lo largo del año pasado fuimos pagando las cuotas mensuales de la hipoteca o hicimos una amortización anticipada de nuestra hipoteca, nos ahorraremos el 15 %, de las cantidades pagadas durante el año, sobre una base de un máximo 9.040 €, lo que viene siendo un máximo deducible de 1.356 € del impuesto.
- Si la hipoteca la firman dos personas la desgravación sigue siendo doble. Hacienda devolverá la cantidad a desgravar a los dos titulares de la hipoteca, y en total podrán deducir sus impuestos con un máximo de 2.712 €, siempre y cuando hagan la declaración por separado y hayan firmado la hipoteca antes de 2013.
- Los que compraron una vivienda en el País Vasco o Navarra. Tienen su propio cálculo del IRPF, por tanto, se podrán desgravar los inmuebles comprados en cualquier fecha, incluso después de 2013.
- La dación el pago o la ejecución hipotecaria. Desde enero de 2014 no habrá que pagar impuestos por plusvalía que resulte de la supresión de la deuda de la hipoteca por la dación en pago o el desahucio. Para que estas personas no tengan que pagar en la declaración de la renta, hay que demostrar que no se dispone de otros bienes con los que se podría satisfacer el pago de toda la hipoteca y evitar la ejecución hipotecaria.
¿Todas las hipotecas desgravan?
La respuesta es no. Mucha gente piensa que todas las hipotecas son deducibles pero no es así. Solo desgravan si son hipotecas destinadas a la compra de una primera vivienda, y si han seguido un requisito fundamental: que el dinero del préstamo hipotecario se haya destinado a la compra de una vivienda y no a otros fines. Es decir, si el préstamo hipotecario se solicitó para otros fines como la refinanciación de deudas o para obtener más liquidez no se podrá desgravar la hipoteca.
Recordamos que el plazo máximo para presentar la declaración de la renta es el 30 de junio.
emilio
Buenas tardes, en Abril vendí piso hipotecado, con el dinero que me dio el nuevo comprador liquidé el préstamo hipotecario. En los datos de hacienda figuran el total de la venta como capital amortizado, mi pregunta es ¿puedo desgravar esa cantidad aunque el pago lo haya hecho con lo que cobré por la venta Gracias
irene
Hola, tengo hipoteca con mi hijo, hemos pagado el año pasado la cantidad de 4533,58 entre interses y amortización. podemos desgrabar los dos por esta cantidad, o la tenemos que dividir en dos. Saludos