INFORMACIÓN ACTUALIZADA ENERO 2020

Cuando un miembro de la familia muere, lo último que nos apetece es encargarnos de poner en orden la documentación y certificados de su defunción. Una de las acciones que obligatoriamente hay que realizar es gestionar las cuentas bancarias y productos que el difunto tenía con la entidad. Para facilitar el proceso, damos respuesta a algunas de las situaciones que, en este contexto, pueden crearnos más dudas. Además, esta guía gratuita explica paso a paso cómo realizar los trámites de la forma más sencilla.

¿Cuáles son los primeros pasos antes de recibir la herencia?

Ante una noticia semejante, es muy probable que nos encontremos desconcertados. Por eso mostramos los pasos básicos que es necesario seguir:

  1. Lo primero que debemos hacer es investigar qué productos o deudas puede tener el fallecido en el banco. Si lo desconocemos, es necesario presentar el certificado de defunción junto a un documento que demuestre que somos los herederos a la Agencia Tributaria. Allí nos darán los datos.
  2. Una vez conozcamos la entidad o entidades de las que el difunto era cliente, el siguiente paso es comunicar al banco que el titular ha fallecido. Para hacerlo habrá que presentar determinados documentos, entre ellos el certificado de defunción. Esta acción puede realizarla cualquier persona cercana, no es necesario que sea un familiar directo.
  3. En este momento, el banco se encargará de bloquear las cuentas que tenga hasta que se abra el testamento o, en el caso de que no haya, un juez reparta la herencia.
  4. Por último, en el caso de que recibamos herencia, deberemos acudir al banco e informarle de la parte de sus bienes que nos corresponde. Acto seguido valoraremos qué decisiones tomar en función de la situación de las cuentas del titular antes de morir.

¿Qué hacer con los productos de inversión?

Si el fallecido tenía su dinero invertido en algún depósito bancario, lo primero es valorar si necesitamos el dinero. En el caso de que no nos corra prisa recibirlo, es recomendable dejarlo intacto hasta que venza el plazo. Ya que, cuando el producto incluye una penalización por su cancelación previa no hay excepciones, por lo que deberíamos pagar una cantidad de dinero que tal vez no convenga.

¿ Y si la herencia incluye deudas?

Una cuestión que a menudo preocupa a los herederos es qué se debe hacer cuando el fallecido tenía contratados productos que no había terminado de pagar o que están embargados.

Ante esta situación podemos contemplar tres opciones:

  1. Aceptar la herencia completa, con deudas incluidas y acabar de abonarlas
  2. Rechazarlo todo, ya que el Código Civil considera que la herencia es un derecho, no una obligación.
  3. Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esto significa que los bienes y las deudas a heredar se compensan, de modo que los herederos reciben los bienes restantes una vez las deudas han sido saldadas.

En el caso de algunos préstamos e hipotecas, el banco exige la contratación previa de un seguro de vida que, en estos casos, cubriría la deuda. Si no se ha firmado dicho documento, habrá que consultar las condiciones del contrato.

¿Hay que pagar por heredar el dinero de las cuentas?

En el caso de que las cuentas del familiar fallecido estén en orden, para poder acceder al dinero que hay en ellas, y a todos los otros bienes en general, tendremos que pagar el denominado Impuesto de Sucesiones y Donaciones. No importa si lo hemos heredado todo o tan solo una parte. Eso sí, la cuantía de este impuesto dependerá de varios aspectos:

  1. La cantidad que reciba el heredero
  2. El parentesco entre heredero y fallecido. Cuando más estrecho sea, menos habrá que pagar.
  3. El patrimonio que ya tenía el heredero antes de percibir el dinero
  4. La comunidad en la que está empadronado el heredero.

¿Cómo sacar rendimiento al dinero heredado?

En el caso de que la suma de dinero heredada sea considerable, podemos plantearnos invertir los ahorros para obtener más beneficios por ellos.

Una de las mejores opciones es contratar un depósito a plazo fijo que consiga sumar rentabilidad sin asumir ningún tipo de riesgo. Por una parte, conseguiremos recuperar todo el dinero invertido más la rentabilidad pactada. Por la otra, recuperaríamos todo el capital en caso de quiebra del banco, ya que el producto está protegido por el Fondo de Garantía de Depósitos, que ante cualquier problema de solvencia nos devolvería hasta 100.000 euros.

A continuación, mostramos una tabla con tres depósitos que cumplen a la perfección el objetivo mencionado. Además, cuentan con unas de las rentabilidades más altas del mercado actual.

PRODUCTO RENTABILIDAD CARACTERÍSTICAS CONTACTO
Depósito Facto a 5 años

1,30 % TAE

  • Plazo a 5 años
  • Inversión mínima de 10.000 €
  • Recuperación de los beneficios trimestral
Depósito  a 2 años de Haitong Bank

1,35 % TAE

  • Plazo a 2 años
  • Inversión mínima de 10.000 €
  • Recuperación de los beneficios anual
Solicitar
Depósito a 2 años BACB

1,24 % TAE

  • Plazo a 2 años
  • Inversión mínima de 5.000 €
  • Recuperación de los beneficios tras su vencimiento

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