El seguro de protección de pagos es un seguro de desempleo que algunas hipotecas tienen como producto vinculado. En general, este seguro se utiliza para cubrir el pago de la cuota de tu hipoteca si estás en el paro.
Como la mayoría de los productos vinculados, el seguro de protección de pagos se contrata al firmar tu hipoteca y puede negociarse con el banco. Además, forma parte de los productos vinculados que, de la misma forma que el seguro de hogar/vida, pueden aumentar el coste total de la hipoteca.
Puntos que debes tener en cuenta antes de contratar un seguro de desempleo
¿Cuánto cuesta?
El precio de un seguro de desempleo o seguro de protección de pagos es elevado. Infórmate de su precio antes de contratarlo y para saber cuánto aumenta el precio final de la hipoteca. En general, cuestan entre el 1% y el 1,5% del importe total de la hipoteca.
¿El precio es mensual, anual o de una sola vez?
En general, el seguro de desempleo o protección de pagos es de prima única. Entonces, deberás pagarlo de una sola vez. Pero, la mayoría de los bancos como por ejemplo Oficinadirecta.com o Bankinter te permiten incluir el pago del seguro en la hipoteca. Pero entonces, pagarás intereses sobre esta prima.
¿Para cuántos años es y cuántas cuotas cubre de la hipoteca?
En general, los seguros de desempleo no son para toda la vida de la hipoteca sino que cubren el riesgo de paro durante los 5 primeros años de tu hipoteca. En la mayoría de casos, cubren 12 mensualidades consecutivas de la hipoteca o 24 mensualidades alternas.
¿En qué casos puedes utilizarlo?
Es importante que tengas en cuenta que, en general, el seguro de protección de pagos sólo te cubre si estás en el paro por despido improcedente. Infórmate bien de las condiciones antes de contratarlo para saber cuándo podrás utilizarlo.
¿Qué pasa si cancelas la hipoteca antes de los 5 primeros años de tu hipoteca?
Depende lo que has negociado y de lo que estás escrito en tu contrato…En general, puedes negociar que si cancelas tu hipoteca antes de los 5 primeros años, los bancos pueden devolverte el importe del seguro que no hayas utilizado. Así, por ejemplo, si cambias de banco durante el segundo año de tu hipoteca, tu banco puede devolverte el importe correspondiente a los 3 años que no habrás utilizado de tu seguro de protección de pagos.
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