El miércoles que viene, 30 de septiembre, es una fecha clave para los afectados por el IRPH. El Tribunal Supremo tiene previsto ese día, mediante la resolución de diversos recursos, aclarar en qué situaciones puede considerarse abusiva la aplicación de este índice. Para ayudar a los interesados en este tema a entender qué está en juego, en este artículo explicaremos qué es lo que debe decidir exactamente nuestro alto tribunal, qué efecto puede tener su sentencia sobre la banca y los hipotecados y cuánto dinero podrían recuperar estos últimos en caso de fallo favorable.

En qué casos puede ser abusivo este índice

Empezaremos dando un poco de contexto. En marzo de 2020, la justicia europea sentenció que la referenciación de una hipoteca al índice IRPH debe pasar el control de transparencia. Así, abrió la puerta a anular su aplicación en aquellos casos en los que el banco no dio suficiente información al cliente.

Los jueces españoles, sin embargo, no han aplicado esa doctrina de la misma manera. Veamos cuáles son las dos interpretaciones que han hecho diversos juzgados de primera instancia y audiencias provinciales:

  • Dar por válido este índice por considerar que su aplicación no generaba un desequilibrio ni un perjuicio al cliente, incluso si la entidad no proporcionó toda la información que debía dar.
  • Declarar abusivo el uso del IRPH (y anularlo, en consecuencia) por falta de transparencia del banco a la hora de explicárselo al cliente.

Bancos y afectados descontentos con su sentencia elevaron recursos al Tribunal Supremo (TS), que tendrá que decidir cuál de estas dos interpretaciones es la correcta. En caso de que sea la segunda, habrá un mayor número de clientes que podrán reclamar la eliminación de esta referencia y la devolución de lo pagado de más por su culpa.

Cuánto pueden recuperar los afectados por el IRPH

Otro aspecto que podría aclarar nuestro alto tribunal es cómo debe quedar el contrato si se considera abusivo el IRPH. Es decir, qué interés debería aplicarse tras la condena y cuál debería utilizarse para recalcular lo que se debería haber pagado y determinar cuánto tendría que recuperar el cliente. Veamos cuáles son las opciones más probables:

  • Sustituirlo por el euríbor y mantener el mismo diferencial.
  • Suprimirlo y aplicar un interés equivalente al diferencial.
  • Eliminar la cláusula entera y pasar a aplicar un interés del 0%.

Desde HelpMyCash.com ponemos a disposición de nuestros usuarios una calculadora gratuita que simula cuánto podríamos recuperar en cada uno de estos escenarios:

¿El Supremo es la última esperanza de los hipotecados con esta referencia?

La decisión del TS tendrá un gran impacto sobre la banca y sobre los consumidores afectados por la aplicación de este índice. Hay que decir, sin embargo, que podría no ser definitiva. Y es que hay un juez de Barcelona que tiene previsto mandar cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que aclare cómo debe interpretarse su doctrina sobre el control de transparencia.

Conviene recordar, en este punto, que el Supremo ya se posicionó sobre el IRPH en 2017. En concreto, determinó que referenciar una hipoteca a este índice no podía ser abusivo por tratarse de una tasa oficial. La justicia europea, como hemos visto, anuló de facto su sentencia en 2020 cuando aclaró que sí puede anularse si no se incluyó en el contrato con transparencia.