La Sala Primera del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad de las cláusulas suelo, en los casos de «falta de transparencia» a los consumidores, según ha informado EuropaPress. Pero ¿cuándo se considerará que ha habido falta de transparencia? ¿Serán los propios bancos quienes retiren estas cláusulas abusivas? De todas las preguntas que se hacen los afectados, de momento solo tenemos respuesta a las siguientes:

1. ¿Esta sentencia ilegaliza las cláusulas suelo de todas las hipotecas?

Absolutamente no. Se limita la nulidad de la cláusulas suelo exclusivamente en los casos en los que se haya producido una falta de transparencia en su comercialización. No se cuestiona y mucho menos ilegaliza la validez de la cláusula suelo en sí misma.

En otras palabras, si el banco ha cumplido con los requisitos de transparencia respecto a los consumidores, no tendrá por qué retirar la cláusula suelo.

2. En caso de falta de transparencia, ¿es el banco quien debe retirar automáticamente el suelo?

No. Si el cliente considera que durante la comercialización de la hipoteca no le dieron información transparente, tendrá que denunciar. Así que, una vez más, la decisión final correrá a cargo de un juez.

3. Una vez ganado el caso, ¿el banco devolverá todo el dinero que el afectado ha pagado de más a causa del suelo?

No. La sentencia no comporta la devolución de las cantidades ya satisfechas; únicamente consigue que se modifique la cuota a pagar a partir de ahora, sobre la que ya no se aplicará el interés mínimo.

 

En resumen, el Supremo ha declarado nulas las hipotecas con suelo, sentando precedente jurídico, pero (1) el afectado ha de conseguir demostrar que el banco no fue transparente a la hora de imponer la clasula y (2) la sentencia no obliga a devolver lo pagado de más.

Estamos a la espera de que la sentencia se redacte por el magistrado ponente y se notifique a las partes. Estaremos pendientes de si esta sentencia explica qué podemos entender exactamente por «falta de transparencia».

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