El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hoy el nuevo valor del IRPH Entidades: 1,663% en octubre. Se trata de un nuevo mínimo histórico, así que aquellas hipotecas que tengan un interés ligado a este índice se abaratarán si les toca revisión próximamente. En este artículo explicaremos cómo se reducirán las cuotas de estos préstamos, qué dice el Tribunal Supremo sobre su posible abusividad y por qué es mejor tener un crédito referenciado al euríbor.

Así quedarán tus cuotas con el nuevo valor de este índice

Como refleja el BOE, esta referencia ha batido un nuevo récord negativo. Por lo tanto, si nuestra hipoteca está ligada a este índice y nos toca revisión durante las próximas semanas, nuestras cuotas se abaratarán, pues su valor es más bajo que el de hace un año (1,806%) y que el de hace un semestre (1,754%).

Pongamos, por ejemplo, que tenemos una hipoteca de 150.000 euros, a 25 años y con un interés de IRPH más 0,25%. Estas serían las nuevas mensualidades que pagaríamos:

  • En caso de revisión anual: bajarían de los 639,88 a los 629,45 euros. Por lo tanto, nos ahorraríamos unos 125 euros en el conjunto del año.
  • En caso de revisión semestral: pasarían de los 636,07 a los 629,45 euros. El ahorro en el conjunto del semestre sería de casi 40 euros.

El IRPH Entidades sale más caro que el euríbor

Aunque el IRPH haya alcanzado su mínimo histórico, su valor aún es muy superior al del euríbor (-0,466%). Y es lógico que sea así, pues su valor representa el interés medio de los préstamos hipotecarios concedidos por la banca, calculado en base a los tipos fijos aplicados, los tipos variables (euríbor más diferencial) y otros gastos.

En consecuencia, por norma general, sale más a cuenta tener una hipoteca ligada al euríbor. Si queremos pasarnos a esta referencia para pagar menos, existe la opción de trasladar nuestro préstamo a un banco que acepte llevar a cabo esta modificación. Con la siguiente calculadora gratuita podemos calcular cuánto nos ahorraríamos con este cambio:

¿Puedo reclamar que me eliminen el IRPH?

La otra manera de deshacernos del IRPH Entidades sería reclamar su nulidad judicialmente, pero es muy improbable que consigamos una sentencia favorable. Y es que el Tribunal Supremo considera, en general, que este índice no es abusivo, incluso en aquellos casos en los que pudiera existir falta de transparencia por parte del banco por no mostrar al cliente su evolución en los dos años anteriores a la firma de la hipoteca.

En principio, de sus últimas sentencias se deduce que solo se podría reclamar su nulidad si el banco no nos hubiera explicado que el interés se nos iba a calcular con este índice, algo muy poco probable. Si no se cumple ese requisito, el único modo de deshacerse de este índice será refinanciar la hipoteca, ya sea mediante un pacto con el banco o, como hemos explicado, a través de un cambio de entidad.

Es muy probable que este asunto vuelva a llevarse ante la justicia europea. En nuestra página de noticias sobre el IRPH puedes estar al tanto de todas las novedades.