El Banco de España (BdE) insiste en pedir a las entidades financieras españolas que comercialicen hipotecas inversas para pensionistas. Aunque lo haga de manera sutil, el supervisor afirma en un informe sobre perspectivas económicas que “las condiciones actuales […] pueden favorecer el desarrollo de productos financieros […]para que los mayores puedan utilizar su riqueza inmobiliaria para acceder a activos financieros líquidos en condiciones seguras y atractivas”. Pero ¿en qué consisten exactamente estos productos? Y ¿por qué el BdE los recomienda?
¿Qué es una hipoteca inversa y qué ventajas le ve el BdE?
Con este instrumento financiero, dirigido a personas de más de 65 años (o con minusvalía o dependencia severa), el cliente hipoteca su casa en propiedad y libre de cargas para cobrar una renta mensual. Funciona, por lo tanto, al revés de un préstamo hipotecario, pues es el banco el que paga al prestatario.
Por sus características, la contratación de este producto permite obtener un complemento a la pensión por jubilación. Y es esa, precisamente, la razón por la que el Banco de España pide que se lancen más hipotecas inversas, pues según sus previsiones, el sistema de pensiones de nuestro país no podrá seguir siendo viable si no se aplican medidas de ajuste.
El BdE también comenta que los españoles contratamos menos planes de pensiones individuales que el resto de Europa.
¿Quién ofrece estos productos en España?
De momento, sin embargo, las entidades financieras de nuestro país prefieren rechazar esas recomendaciones del BdE. El único banco que comercializa actualmente una hipoteca inversa es Caja de Ingenieros, que mantiene este producto en su catálogo desde 2007. Hay, eso sí, algunas compañías privadas (aseguradoras, principalmente) que también ofrecen este servicio: Óptima Mayores, Grupo Retiro, Caser…
Desde HelpMyCash.com tuvimos la oportunidad de preguntar a Caja de Ingenieros por qué tan pocas entidades financieras se atreven a comercializar este producto. Su Área de Negocio Bancario nos comentó que se debe, probablemente, a la incertidumbre que se generó tras la crisis de 2008 y a la obligatoriedad de prestar asesoramiento independiente al cliente.
Cuidado: las hipotecas inversas también tienen sus inconvenientes
Pero la falta de oferta no es el único inconveniente de las hipotecas inversas. Como hemos dicho, para contratar este producto hay que hipotecar la vivienda, así que cuando el titular fallece, el inmueble continúa con esa carga, lo que obliga al heredero a hacer lo siguiente:
- Si se quiere quedar con la vivienda, tiene que devolver el dinero al prestamista para cancelar esa hipoteca. Tendrá que pagarle lo que hubiera recibido el titular (las rentas) más los intereses que se hayan devengado sobre esa cantidad.
- Si no quiere el inmueble, puede venderlo (si el contrato admite esa opción) o dárselo a la entidad para que la deuda quede totalmente saldada.
En todo caso, los herederos no tendrán que pagar ninguna comisión por la cancelación de la deuda.
A esto hay que sumarle, también, que una hipoteca inversa tiene un plazo determinado, así que si este termina, el cliente dejará de percibir la renta. En caso de contratar aparte un seguro de rentas vitalicias, los pagos se seguirán realizando incluso con el plazo vencido, aunque las rentas serán más reducidas.
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