Al contratar un depósito a plazo, un pagaré, un bono, etc., para sacar un poco de rentabilidad a nuestros ahorros, el banco nos obligará a abrir una cuenta asociada. La sorpresa viene cuando nos encontramos con que la cuenta tiene tantas comisiones que la rentabilidad se ve reducida. ¿Puede el banco cobrarnos por una cuenta que no hemos pedido?
3 normas que los bancos deben cumplir al cobrar comisiones
De acuerdo con la vigente normativa de protección de la clientela de las entidades de crédito, son tres los requisitos que deben cumplirse en el momento de percibir comisiones las entidades de crédito:
- Que exista un servicio efectivo para el cliente
- Que el servicio se haya solicitado en firme o lo haya aceptado el cliente
- Que el importe de la comisión que pretenda percibirse no exceda el máximo que la entidad tenga incluido en su folleto de tarifas de comisiones, cuyo contenido debe transmitirse adecuadamente al Banco de España
Así, según esta normativa publicada por el Banco de España, para poder cobrar comisiones, el cliente ha tenido que solicitar en firme el servicio (punto 2).
Normativa de Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas a otra operación
Pero esta misma web lo explica más rotunda y explícitamente*:
«El Servicio considera que cuando las cuentas se mantienen por imposición de la entidad o cuando son utilizadas exclusivamente para abonar los intereses de un depósito o para dar servicio a un préstamo hipotecario no corresponde a los clientes correr con los gastos de ninguna comisión por mantenimiento o administración.
Ciertamente, tales situaciones conducen al absurdo de que el cliente tenga que pagar por cumplir una obligación -como la apertura de una cuenta para facilitar la gestión de la entidad- que la propia entidad le impuso en interés propio, lo cual es claramente contrario al principio de reciprocidad y a las buenas prácticas y usos bancarios.”
*Fuente: Banco de España
Qué hacer cuando el banco aplica igualmente estas comisiones indebidas
Primero, apelar a su obligación de aplicar las buenas prácticas bancarias y exigir que las retire, antes de firmar. Y si ya hemos firmado y se niegan a retirarlas, podemos proceder a una reclamación por escrito, primero al servicio de atención al cliente de la entidad y después al Banco de España, tal como explica el artículo ‘Cómo reclamar a un banco en 10 preguntas’. Y nunca está de más imprimir el citado artículo del Banco de España y llevarlo como prueba.
¿Qué cuentas sin comisiones ofrece el mercado actual?
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