La primera decisión financiera importante que toman muchas personas es abrir una cuenta bancaria. Este es un proceso bastante sencillo, basta con decidirse por una, acudir al banco con el DNI y solicitarla. Pero si antes de dar ese paso pensamos en nuestras necesidades evitaremos sorpresas desagradables.
Las necesidades de los clientes son tan diversas que en ocasiones las cuentas necesitan más de un titular. Es el caso de parejas que comienzan a vivir juntos y a compartir gastos, socios de una empresa que deben hacer pagos conjuntos, etc. ¿Qué debemos hacer en estos casos? Al abrir la cuenta, el cliente se puede enfrentar a varias posibilidades dependiendo del número de titulares que vayan a figurar en ella y la capacidad de gestión de cada uno.
¿Cotitular o autorizado? cuál es la mejor opción
Cuando la titularidad de una cuenta bancaria o depósito es compartida con otras personas debe diferenciarse un cotitular de un autorizado. La mejor opción como siempre depende de nuestras necesidades.
Cuando decidimos incluir a alguien en una cuenta bancaria debemos tener claro que si optamos por que sea cotitular, debe ser alguien confianza. El motivo es que este puede realizar las mismas operaciones que el titular, incluida la cancelación de la cuenta bancaria.
En ocasiones, lo que queremos es que alguien pueda realizar ciertas operaciones, como retiradas de dinero o ciertos pagos, para esto debemos utilizar la figura del autorizado, al que daremos permiso para operar con la cuenta bancaria. Esta figura es habitual en las sociedades, donde el administrador y algún otro empleado, suelen tener acceso a la cuenta de la empresa.
¿Se pueden incluir un cotitular o autorizado en una cuenta ya abierta?
Si queremos tener el mismo grado de poder sobre todos los movimientos de la cuenta, la única manera es abrirla conjuntamente y firmar ambos como cotitulares de igual derecho. Pero si uno de los dos ha abierto una cuenta con muchas ventajas o en la que está a gusto y, después de haber firmado como titular único, quiere que la otra persona también pueda utilizarla, solo podrá sumarse como autorizado.
¿Que pasa cuando muere el titular de una cuenta bancaria?
Con el fallecimiento del titular de la cuenta bancaria se extinguen todos los poderes que hubiera otorgado anteriormente. Por lo tanto:
- Si eres autorizado. Con el fallecimiento del titular de la cuenta bancaria se extinguen todos los poderes que hubiera otorgado anteriormente. Aunque hubiera una persona autorizada por el fallecido a gestionar las cuentas, perdería todos los derechos de disposición en el momento de la defunción del titular.
- Si eres cotitular. En el caso de un segundo titular en la cuenta, este se haría con un 50 % del capital sin tener que pagar ningún impuesto hereditario. El resto se repartirá según el Testamento.
Santi
Sería interesante decir que si eres COTITULAR eres «propietario» de esa cuenta y por tanto en el impuesto de la renta (y en patrimonio en su caso) cada titular tiene que declarar por el porcentaje de cotitularidad que tenga.