El contrato de exclusividad inmobiliaria determina que la agencia es la única autorizada para vender tu piso. De este modo, no podrás encomendar la venta a ninguna otra agencia y, en ocasiones, tampoco podrás hacerla por tu cuenta. Pero aunque el contrato de exclusividad es privado y cada agencia puede incluir diferentes cláusulas, la mayoría de ellas coinciden en tres puntos a los que es muy importante prestarles atención antes de firmar el documento. ¡Toma nota! Conocerlos de antemano te puede ahorrar sorpresas en el futuro.
La exclusividad inmobiliaria se renueva automáticamente
Todos los contratos especifican su duración, pero además, algunos detallan que debes informar tu intención de no renovarlo antes de que se cumpla el plazo. En general, nos piden un preaviso de 15 o 20 días. Si no lo respetas, el contrato se renueva automáticamente por un período idéntico al que pactas al principio.
Esta cláusula suele generar descontento: es habitual que los vendedores no repasen el contrato en su totalidad antes de firmarlo. Entonces, cuando llega el momento del vencimiento de la exclusividad y el piso todavía no se ha vendido, te encuentras con que el compromiso que asumes con la inmobiliaria se renovó automáticamente y no puedes venderlo por tu cuenta o con otra agencia. O, mejor dicho, sí podrás venderlo, pero deberás pagarle los honorarios a la primera inmobiliaria, aunque no sean ellos quienes encuentren al comprador.
En el contrato de exclusividad se especifica la comisión inmobiliaria
En el contrato de exclusividad inmobiliaria también se especifica cuánto te cobrarán de comisión. Las agencias tradicionales suelen pedirnos entre un 3% y un 7% del precio de venta del piso. Las agencias online, por su parte, cobran una tarifa fija que pactas al inicio de la venta. Esta última oscila entre los 1.000 y los 7.000 euros, dependiendo del precio de venta del piso y del plazo de exclusividad que elijamos.
En este sentido, conocer desde el principio cuánto cuestan los honorarios inmobiliarios te permitirá organizar mejor tus finanzas y tener una idea más concreta de los gastos que asumirás al vender la vivienda.
La exclusividad exige el pago de la comisión en situaciones específicas
Este punto es sumamente importante, dado que alerta sobre aquellas situaciones donde la agencia puede exigirte el pago de los honorarios. La más habitual, lógicamente, es si la inmobiliaria encuentra al comprador. Pero existen otros casos en donde reclamarán el pago de sus servicios. ¡Atención! Es muy importante conocerlos para evitar conflictos posteriores. Casi todas las inmobiliarias te cobrarán si:
- El comprador es un pariente de otra persona que contactó con la inmobiliaria para visitar la propiedad.
- Quien la compra es una sociedad y uno de los socios encontró el piso a través de la inmobiliaria.
- Si lo vendes a cualquier contacto que nos hizo la agencia, aunque haya vencido el plazo del contrato de exclusividad.
- Si vendes el piso por nuestra cuenta mientras dura el contrato de exclusividad. En este caso, algunas agencias cobran solo una parte de la comisión inmobiliaria.
Entonces, ¿conviene firmar la exclusividad inmobiliaria?
Lo cierto es que la mayoría de las agencias piden exclusividad a la hora de contratar sus servicios. Esto se debe a que invierten tiempo y dinero en la difusión de la propiedad, las fotografías, el contacto con los compradores, etcétera. Sin embargo, solo cobran si venden el piso. La exclusividad inmobiliaria, entonces, busca dar a las agencias la seguridad de que podrán recuperar el dinero invertido.
En este sentido, es importante tener claro a qué nos comprometemos cuando firmamos este tipo de contrato. Pero además, es conveniente comparar inmobiliarias y elegir la que mejor se adapte a nuestras necesidades. De este modo, podremos sentirnos más seguros a la hora firmar un contrato de exclusividad.
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Debora ferreira de castro
Me gustaria saber, sobre la ley q saliu en q no estoy obrigado a pagar más q un mes a la inmobiliaria aunque esta tarde 3 es esto certo?.
Iñigo Esteban
Hola Debora Ferreira de Castro
Entendiendo por lo que dices que hablas de los gastos de inmobiliaria al alquilar una vivienda, es un gasto que correrá a cargo del propietario del inmueble. Así lo establece la Ley de Vivienda que aprobó el Gobierno el pasado mes de abril. A su vez, el propietario tampoco puede subirte el alquiler por ese coste que debe asumir él.
Saludos
eva pastrana
buenos días, mi contrato de con la inmobiliaria caduca ahora, pero me dicen que están gestionando la documentación, hasta cuando debo de esperar si finaliza el contrato? Gracias