A lo largo de los últimos años, muchos contribuyentes han logrado que su banco les ingresara la devolución de los gastos hipotecarios que pagaron indebidamente, según el Tribunal Supremo, ya fuera por un acuerdo entre las partes o por sentencia judicial. Y ahora que estamos en plena campaña de la declaración de la renta, toca preguntarse cómo hay que declarar este dinero. En este artículo veremos qué hay que hacer en estos casos, qué pasa si nos desgravamos parte de estas costas en su momento y cómo podemos reclamar su reembolso si todavía no lo hemos hecho.

Las costas de hipoteca devueltas no hay que declararlas

La propia Agencia Tributaria, en su resolución 140833, aclara qué tratamiento fiscal reciben las cantidades que hayas recuperado por los gastos de constitución pagados indebidamente. En estos casos, comenta Hacienda, ese dinero no se debe integrar en la declaración del ejercicio correspondiente.

Ahora bien, en caso de que te hayan devuelto ese dinero por una sentencia, es posible que el banco también te haya pagado intereses indemnizatorios y haya tenido que hacer frente a las costas del propio proceso judicial. Ambos conceptos hay que incluirlos en la declaración de la renta como ganancia patrimonial.

¿Qué pasa si me desgravé la devolución de los gastos hipotecarios?

Si firmaste tu hipoteca antes del año 2013, es muy probable que aplicaras la deducción por adquisición de vivienda habitual sobre esos gastos hipotecarios que pagas de más. En principio, por lo tanto, deberías regularizar esa declaración y devolver a Hacienda lo que te desgravaste por esas costas.

Sin embargo, según el propio reglamento de la Agencia Tributaria, las deudas con Hacienda tienen un plazo de prescripción de cuatro años. Como la deducción sobre los gastos hipotecarios solo se podía practicar en los ejercicios de 2012 o en los anteriores, ese plazo ya ha pasado. Por lo tanto, no será necesario que regularices esas cantidades.

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¿Aún no has reclamado por estos gastos? Descubre cuánto puedes recuperar

Hasta ahora hemos visto cómo hay que declarar las costas de hipoteca devueltas por los bancos. Es posible, no obstante, que aún no las hayas reclamado. Si es tu caso, te interesa saber que, para las hipotecas firmadas antes del 16 de junio de 2019, el banco estaba obligado a pagar la mayor parte de los gastos asociados a la constitución de esos préstamos; algo que generalmente no hacían.

De hecho, en la inmensa mayoría de los casos, obligaban al cliente a pagarlos todos; una práctica que los juzgados consideraron abusiva. Según el Tribunal Supremo, estos son los gastos que puedes recuperar:

  • La mitad de lo pagado por los aranceles notariales.
  • Todo lo abonado por los aranceles registrales.
  • Todo lo pagado por los honorarios de la gestoría.
  • Todo lo abonado por los honorarios de la tasadora.

De media, estimamos que cada afectado puede recuperar unos 1.500 euros, aunque es una cantidad que puede ser mayor o menor en función del importe de la hipoteca constituida. Si quieres saber cuánto podrías reclamar en tu caso concreto, puedes utilizar la calculadora de devolución de HelpMyCash.com. Esta herramienta, además, te proporciona un informe en el que se detallan qué pasos debes seguir para interponer la reclamación.