Si queremos conseguir un buen tipo de interés, muchos bancos nos propondrán contratar un seguro ligado a la hipoteca a través de su compañía aseguradora, lo que se conoce como venta combinada. De este modo, podemos conseguir una buena rebaja, pero ¿qué pasa si nos arrepentimos en algún momento y queremos quitarnos de encima esa póliza? En este artículo explicaremos cómo cancelar estos contratos, qué podría pasar después y si tendríamos derecho a recuperar dinero o no.
Así se anula una póliza
Lo primero que tenemos que saber en estos casos es que no podemos pedir la cancelación cuando queramos. Veamos qué tenemos que hacer para liquidar una póliza según la Ley de Contrato de Seguro:
- Esperar a que quede un mínimo de un mes para que venza el contrato, es decir, para que acabe su plazo. Esa información debe aparecer en el propio acuerdo.
- Mandar una notificación escrita a la aseguradora de la entidad, no al banco en sí, para comunicar que no queremos renovar. De este modo, la aseguradora no podrá prorrogar el contrato por defecto y quedaremos liberados.
A partir de ese instante, ya no se nos podrán cobrar la prima de la póliza cancelada. Ahora bien, puede que el interés de nuestra hipoteca suba si estaba rebajado a cambio de mantener contratado ese producto. Por ello, antes de liquidarlo, es conveniente revisar cuánto nos podría subir el tipo.
¿Tengo que sustituir el seguro hipotecario por otro?
Depende. El banco, por ley, nos puede exigir que siempre tengamos contratado un seguro de daños y/o uno de vida. En estos casos, por lo tanto, estaremos obligados a sustituir la póliza cancelada por una nueva, aunque esta podrá ser contratada con cualquier compañía aseguradora.
Hay que decir, eso sí, que esa obligación tiene que aparecer siempre en la escritura de la hipoteca. En concreto, debe especificarse en el apartado dedicado a la venta vinculada, que es donde se muestran todos los productos que el banco nos exige contratar para poder acceder a la hipoteca.
El proceso para cancelar este tipo de pólizas será el mismo que hemos detallado en el apartado anterior. La única diferencia destacable es que, en paralelo, tendremos que acudir al banco para presentar la propuesta de seguro de la compañía que hayamos elegido para que la entidad la valore. En principio, si sus coberturas son las mismas que exige, tendrá que aceptarla.
¿Qué pasa con un seguro de prima única si cancelo la hipoteca anticipadamente?
Hasta ahora hemos visto qué pasa si cancelamos una póliza antes de tiempo, pero ¿y si el seguro de la hipoteca es de prima única (pagados varios años por adelantado) y terminamos de amortizar el préstamo antes de lo previsto? En estas situaciones, como es lógico, el contrato quedará automáticamente anulado.
No obstante, aún quedará un asunto por resolver: qué pasa con el dinero pagado por la póliza. Por ley, tenemos derecho a recuperar la prima no consumida, es decir, la que corresponda a los años de la hipoteca que finalmente no han pasado. Si no nos devuelven esa suma, podemos reclamarla ante la aseguradora.
Pongamos, por ejemplo, que pagamos una prima única de 5.000 euros por un seguro hipotecario de 10 años y devolvemos el crédito en solo siete años. Como habríamos pagado tres años de más, tendríamos derecho a recuperar el equivalente a ese período, que serían unos 1.500 euros.
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