Ante una demanda colectiva interpuesta por ADICAE, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Cuenca ha condenado a Banco de Castilla La Mancha a eliminar 27 cláusulas suelo de hipotecas por abusivas y a devolver a los afectados lo cobrado de más durante estos años, además el interés legal del dinero generado durante todo este tiempo.

Los afectados incluidos en esta sentencia tenían cláusulas suelo de entre el 2’95% y el 4’50%, con un tipo máximo siempre del 11%. Únicamente existía un contrato en el que el afectado negoció una rebaja de la cláusula suelo, consiguiéndola, pero el juez ha entendido que también procedía su nulidad ya que la nulidad de la cláusula del primer contrato convierte automáticamente en nula la del segundo contrato firmado por este afectado.

Según ha informado ADICAE mediante un comunicado, en el auto se explica que las cláusulas fueron redactadas unilateralmente por la entidad “antes de la fase de celebración del contrato, con total ausencia de negociación individual, y finalmente, fueron impuestas por la entidad bancaria, lo que supone la exclusión del principio de autonomía de la voluntad en la determinación del contenido del contrato”.

La asociación ha recordado que para que una cláusula suelo sea considerada ilegal no debe haber reciprocidad entre el ‘suelo’ y el ‘techo’, algo que el juez reconoce explicando que “se recogen limitaciones, tanto en el tipo mínimo como máximo, cuya falta de proporcionalidad no ha quedado debidamente justificada (…) las cláusulas sometidas son absolutamente desproporcionadas”.

La sentencia todavía puede ser recurrida por la entidad.