El Tribunal Supremo ha despejado por fin una de las dudas que aún existían sobre la reclamación de la cláusula suelo: si los autónomos y empresarios también pueden recuperar lo pagado de más por su aplicación. Una sentencia del 11 de marzo confirma que este colectivo sí puede exigir la devolución de ese dinero, aunque hay que reunir una serie de requisitos. En este artículo explicamos cuáles son esas condiciones y vemos en qué se diferencian de las que deben cumplir los consumidores.

¿Por qué los autónomos tenían problemas para recuperar el suelo?

Antes de nada, sin embargo, es importante saber en qué se diferencian los autónomos y empresarios de los simples consumidores. Pertenecen al este grupo los profesionales que contrataron una hipoteca para fines comerciales. La sentencia de 2013 que condenaba las cláusulas suelo no transparentes se basaba en la ley de protección al consumidor, así que ese colectivo quedaba fuera de su ámbito de aplicación.

Desde entonces, diversos juzgados inferiores sí dieron la razón a los autónomos o empresarios que reclamaban por la aplicación indebida de un interés mínimo. Y en 2017, el Tribunal Supremo emitió una sentencia en el mismo sentido, aunque al tratarse de un único fallo aún no sentaba jurisprudencia.

Lo que dice el Supremo sobre las cláusulas suelo de profesionales y empresarios

El 11 de marzo de 2020, nuestro alto tribunal emitió una segunda sentencia favorable a este colectivo, de tal modo que se crea jurisprudencia. En este fallo se establece que la cláusula suelo aplicada a un autónomo o empresario solo es válida si pasa el “control de incorporación”, es decir, si el prestatario tiene la oportunidad de conocer su inclusión en el contrato.

Así las cosas, según el Supremo, es posible reclamar si se da alguno de los siguientes supuestos:

  • Si el banco no entregó un documento con las condiciones de la futura hipoteca (la antigua FIPER), que es donde se indicaría si el préstamo tenía un suelo.
  • Si el notario no explicó al cliente que su crédito incluía esta cláusula, dado que su obligación es asegurarse de que todos los intervinientes conozcan el contenido de la escritura antes de firmarla.

En caso de cumplir alguno de estos requisitos, podríamos exigir al banco la devolución de todo lo pagado de más por la aplicación de esta cláusula.

Cómo reclamar lo pagado de más por el interés mínimo

El proceso de reclamación que deben seguir los autónomos o empresarios es algo distinto al habitual. Solo los consumidores se pueden acoger al mecanismo extrajudicial que permite tramitar la devolución directamente con el banco solo, así que a los profesionales solo les queda la vía judicial.

Dependiendo de cómo se contrató la hipoteca, se puede acudir a un tipo de juzgado u otro:

  • Si el prestatario es una persona física: en este caso, hay que interponer la denuncia ante un juzgado especializado en cláusulas abusivas. Hay uno en cada provincia.
  • Si el titular es una persona jurídica: en este caso, la reclamación debe tramitarse ante el juzgado ordinario que corresponda.

Antes de iniciar la reclamación, eso sí, conviene conocer de antemano cuánto dinero podríamos recuperar. Para calcularlo, podemos utilizar el siguiente simulador gratuito de HelpMyCash.com:

¡Recuerda! Debido al estado de alarma, los procesos judiciales no esenciales se encuentran suspendidos. Por lo tanto, no podremos poner nuestra denuncia hasta que se levanten las restricciones.