«Está usted accediendo a nuestra web desde España, en breve se le redirigirá a la página española». Los asiduos al comercio electrónico (en 2017 el 59% de los internautas españoles habían realizado alguna compra online según el Ontsi) se habrán topado alguna vez con esa frase. Es la típica advertencia que suele o, más bien, que solía aparecer cuando se intentaba acceder a una tienda online extranjera. Pues bien, desde el 3 de diciembre los españoles y el resto de los habitantes de la Unión Europea pueden comprar por Internet en cualquier país comunitario, independientemente del lugar desde el que accedan a la web y de que paguen con una tarjeta de crédito española o con una tarjeta del país en el que esté alojada la página.

Ranking de las mejores tarjetas del momento

El comercio electrónico no tiene fronteras

La regulación 2018/302 de 28 de febrero de 2018 entró en vigor ayer. El objetivo es eliminar el «bloqueo geográfico injustificado» que afecta a los compradores online de la UE. La normativa pretende poner fin así a la discriminación por razón geográfica que llevan años sufriendo los europeos; de acuerdo con la Comisión Europea, el 63% de las páginas webs no permitían a comprar a ciudadanos de otros países de la UE.

La nueva normativa permitirá, por ejemplo, que si encontramos una prenda más barata en la versión inglesa de H&M que en la española, podamos comprarla sin necesidad de que la web nos redirija a la página española o que si encontramos un vehículo en oferta en una web alemana, podamos comprarlo aunque lo hagamos desde España y, por supuesto, al mismo precio que lo haría un alemán.

La normativa deja de lado el envío de los bienes

La medida, como podemos ver, afecta a los bienes físicos, pero no a su envío y recogida. Es decir, que podremos comprar donde queramos, pero si la empresa no realiza envíos transfronterizos, tendremos que acercarnos nosotros a recoger el pedido. La Comisión Europea lo ejemplifica de la siguiente manera en su página web: si un cliente belga desea comprar una nevera y encuentra la mejor oferta en una página web alemana, el cliente podrá comprarla, pero tendrá que recogerla en las instalaciones del vendedor u organizar por su cuenta el envío hasta su domicilio.

No solo los bienes físicos se ven beneficiados, también los contenidos digitales, salvo los que estén protegidos por derechos de autor. Por ejemplo, servicios de hosting, almacenamiento, etc. Desde ayer, podrán adquirirse en cualquier país comunitario.

La tercera pata de la regulación afecta a la «venta de servicios prestados en una ubicación física específica», explica la CE, que pone como ejemplo a una familia italiana que visita un parque temático francés y quiere disfrutar de un descuento familiar sobre el precio de las entradas. Según la Comisión, el descuento será válido para la familia italiana.

La normativa prohíbe el bloqueo de acceso a las páginas webs cuando la IP procede de otro país de la UE. Tampoco permite que se redirija al cliente a otra web si este no ha dado expresamente su permiso.

¿Y qué hay de Netflix o Spotify?

Los usuarios de estas plataformas de contenidos digitales saben que no es lo mismo consumir Netflix desde España que desde Estados Unidos o Francia. Si contratamos la plataforma de streaming, tendremos acceso a cierto contenido siempre que la IP de acceso proceda de España, mientras que si cruzamos el charco con nuestra tablet y nos plantamos en Estados Unidos, sorpresa, de repente tendremos acceso al catálogo estadounidense, pero no al español. Y, de momento, esto seguirá siendo así. La nueva normativa no afecta a estos servicios.