Actualmente en España, los bancos no tienen obligación legal de ofrecer la dación en pago si no se puede seguir pagando la hipoteca. Por tanto la ejecución hipotecaria sigue siendo habitual en nuestro país. Para evitar tener que pasar por un desahucio, en HelpMyCash te ofrecemos unos consejos que pueden ayudarte si te encuentras en esta situación.
1. Un seguro que sirva de red
Si estamos pasando por un momento de dificultad económica y es imposible seguir pagando las cuotas de la hipoteca, tener contratado un seguro de desempleo o de protección de pagos, puede ser una solución temporal.
Este tipo de seguros pueden llegar a cubrir las últimas 12 cuotas mensuales sin pagar, por lo tanto a corto plazo puede evitarnos un problema mayor.
2. No dejar pasar el tiempo esperando un milagro
Si nuestra situación económica empeora, hay que empezar a tomar decisiones. Por ejemplo, hemos perdido el trabajo y estamos en el paro, no hay que esperar a que se nos acabe. Hay que aprovechar que todavía tenemos opciones y capacidad de maniobra. Es el momento de negociar con el banco y exponerle nuestra situación.
Sin embargo si dejamos pasar el tiempo, esperando a que la situación se resuelva sin actuar, puede que el paro se agote. Entonces no podremos seguir pagando la hipoteca, por lo que no solo perderemos nuestra vivienda y todo lo invertido hasta la fecha, sino que nuestra deuda aumentará todavía más a causa de los intereses de demora, comisiones de impago, costes judiciales, etc. Hay que intentar evitar llegar a esta situación.
3. Negocia con el banco las condiciones de la hipoteca
Pedir una carencia o ampliación del plazo de amortización, teniendo en cuenta que a largo plazo, ambas opciones supondrán un aumento de los intereses.
- Carencia de capital. Durante unos meses pagaremos únicamente los intereses del préstamo sin amortizar el capital. Esta operación puede reducir la cuota hasta un 50%.
- Carencia total. Si todavía no es suficiente, podemos intentar negociar una carencia total para no pagar ni capital ni intereses durante algún tiempo.
- Ampliación del plazo. Se puede intentar negociar con el banco para aumentar el número de años en el que devolver el plazo, reduciendo la cuota y así ir más desahogados a fin de mes.
4. Contempla la posibilidad de vender o alquilar la vivienda
- Vender a tiempo. No tiene por qué ser la última opción, ya que en muchas ocasiones es preferible vender la vivienda para poder pagar las deudas,, que vernos sin casa y encima agobiados por unos intereses de mora a los que no podamos hacer frente y no nos permitirán una segunda oportunidad.
- Alquila parte de la vivienda. Si podemos disponer de alguna habitación o de una parte de la vivienda, sería un buen método de generar ciertos ingresos el alquilársela a alguien, y con el dinero obtenido ir ayudando a pagar las mensualidades.
5. Busca ayuda en una asociación como la PAH
Estas asociaciones ayudan a los hipotecados con problemas de pago proporcionándoles información, llevando a cabo actos públicos y concentraciones, emprendiendo acciones legales y logrando evitar algunos embargos (leer cómo la PAH frena los desahucios). Podemos contactar con ellos rellenando este formulario o acudiendo a la oficina más cercana.
¿Cuándo puedes conseguir la dación en pago?
El banco únicamente está obligado a ofrecer dación en pago :
- La dación en pago esté incluida por contrato, como en el caso de la Hipoteca Sin Mas de Bankinter, que es la única que de momento ofrece esta posibilidad.
- Si el cliente no ha podido acceder a una reestructuración de la deuda.
- Si la entidad está adherida al Código de Buenas Prácticas, y si además el cliente cumple con estos 6 requisitos:
- Todos los miembros de la familia han de estar en paroy carecer de otros bienes o derechos patrimoniales.
- Ha de tratarse de la única vivienda en propiedad.
- La vivienda no ha de superar los 200.000 €(aunque depende del tamaño de la población).
- La hipoteca no ha de tener avalista. En caso de tenerlo, el avalista se mantiene como garante del préstamo, y si el avalista tiene ingresos o propiedades, el decreto no se aplica.
- No debe estar en procedimiento de ejecución.
- La vivienda no puede estar gravada con cargas posteriores.
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