Ayer domingo 29 de abril de 2012 hubo dos cambios relevantes en cuanto a actualidad hipotecaria:
- Dejaron de estar en vigor cuatro índices –IRPH bancos, IRPH cajas, CECA y TAR
- Entró en vigor el famoso IRS (Interest Rate Swap o Permuta de Tipo de Interés) que, a partir de ahora, podrá aplicarse a algunas hipotecas.
A continuación, te damos algunos consejos para afrontar los cambios que quizás afecta a la cuota que tienes que abonar en tu hipoteca:
1. Descubre si te afecta
Estos cambios en los índices hipotecarios son importantes, aunque no para todos los hipotecados. Por lo tanto, lo primero que tienes que pensar es si te afecta o no. Seguramente, te identifiques con alguna de las tres próximas situaciones:
- Si tu hipoteca está referenciada al Euribor o al IRPH entidades, en tu caso todo seguirá como hasta ahora. Es decir, que estos cambios no te afectan.
- Si tu hipoteca está referenciada a IRPH cajas, IRPH bancos, CECA o TAR, debes mirar si tu contrato contempla un índice sustituto en caso de que desaparezca. Por ejemplo, algunos hipotecados a IRPH cajas tienen por contrato que, en caso de que este índice desaparezca, se les aplicará Euribor + 1%, lo que es un buen trato
- Si estás a punto de solicitar una hipoteca, el banco también podría ofrecerte una hipoteca a IRS. Si puedes elegir entre IRS, IRPH o Euribor, nuestra recomendación es que te quedes con Euribor (vigilando que el diferencial no sea muy alto) ya que es uno de los índices más bajos y que seguirá en vigor.
2. Asegúrate de que se cumple tu contrato
Si tu índice de referencia actual desaparece, pero tu contrato contempla un índice + diferencial sustitutos, el banco puede hacerte igualmente una propuesta de cambio. Haz cálculos y asegúrate de quedarte con la mejor de las opciones, pero te avanzamos que si tu contrato contempla Euribor + 1% en caso de retirada del IRPH, difícilmente encontrarás un trato mejor.
3. No tengas prisa
El Banco de España seguirá publicando el valor de los índices que desaparecen durante un año más. Eso quiere decir que tienes un año entero para hablar con el banco y llegar a un acuerdo. Mientras tanto:
- No firmes nada que no entiendas o consideres que no es un buen trato solo porque el banco te mete prisa.
- Usa este tiempo para informarte y preguntar. Es tu derecho como usuario y cliente.
- No des un paso hasta que el Ministerio de Economía establezca la normativa que regirá el cambio (aparecerá publicada en el BOE) y asegúrate de que tu banco la cumpla.
4. Consigue el mejor trato posible
A su vez y en este sentido, recuerda que el banco no es tu asesor financiero, sino que como cualquier empresa, mira por sus intereses. Por eso, eres tú quien debe cuidar de los tuyos. Por lo tanto, desde HelpMyCash te recomendamos lo siguiente:
- No te quedes con la primera oferta que te haga el banco sin intentar negociar. Tienes hasta un año para hacerlo.
- Recuerda que puedes negociar no solo el índice (que puede ser Euribor, IRPH entidades o IRS) sino también el diferencial, que por supuesto quieres que sea lo más bajo posible
5. Compara con otros bancos
A pesar de que las hipotecas de subrogación están en horas bajas, si el cambio que te propone el banco es abusivo, es posible que encuentres un interés más bajo en otra entidad. Si consigues una oferta vinculante del otro banco (un papel donde consten por escrito las condiciones definitivas de su oferta de cambio de banco), podrás además acudir a tu banco con ella en la mano a intentar que mejoren su oferta si quieren que no te lleves tu hipoteca a otra parte.
¿Aún con dudas sobre la nueva normativa hipotecaria o sobre tu caso particular? Escríbenos a nuestro Foro de Hipotecas. Tú preguntas, la Comunidad HelpMyCash responde.
nano
hola yo tengo un problemilla por decirlo asi, a ver si alguien sabe de del tema en mi hipoteca tengo el irph de las cajas que va a desaparecer pero como sustitutivo tengo el ceca, la caixa todavia no se a puesto en contacto conmigo y no se que es lo que pasaria en mi caso porque tampoco pone nada en mi escritura de lo que se tendria que hacer si tambien desaparece el indice sustitutivo que es el ceca, agradeceria si alguien es experto en el tema que me aclare un poco el tema, pues ya estoy mas que harto de que estos ladrones sigan abusando y llenandose los bolsillos de gente honrada como yo un saludo
HelpMyCash
Hola, Nano.
Si en el contrato no aparece ningún índice sustituo más a parte del CECA, es muy probable que te acaben pasando a IRPH entidades, que no desaparece y es un poquito (centésimas) más barato que lo que pagas ahora. Ahí tienes un montón de consejos para negociar el cambio de índice con el banco: https://www.helpmycash.com/hipoteca/irph/ . Saludos y no te preocupes. No creemos que veas un cambio demasiado grande en tu cuota.
nano
a mi lo que me podria interesar en todo caso es euribor +1 y hasta que punto seria legal que me impusieran el irph de las entidades ya que en mi hipoteca no se hace referencia a que es lo que se habria que hacer si el indicador sustituto en este caso ceca tambien desaparece ya que evidentemente tampoco es un buen negocio ni por asomo puesto que los buitres seguirian chupandose una diferencia aplastante respecto al euribor, si me lo quisieran imponer que pudiera hacer o pasar si no estoy conforme puesto que tampoco seria buen negocio ni por mucho el irph de las entidades?
HelpMyCash
Nano,
por supuesto que te interesaría Euribor + 1% pero si no está en el contrato hay muy pocas probabilidades de que ocurra. Todavía no sabemos qué será legal y qué no porque aún estamos esperando a que el Ministerio de Economía establezca cuáles serán las normas para hacer el cambio de índice de todos los que tenéis IRPH cajas y bancos. Aún no hay nada escrito. Pero en cuanto se publique oficialmente os informaremos para que sepáis cuáles son vuestros derechos y hasta dónde podéis reclamar. Saludos.
sara
En su día me dieron a elegir entre irph + 0 ó euribor +1. Me llevan aplicando el irph cajas+0 desde el 2007 aunque en el contrato solo pone que la hipoteca está referenciada al euribor ( no especifica diferencial) luego tengo una modificación del prestamo( porque pedí un dinero extra) en la que solo aparece el TAE. ¿Qué debo hacer?
HelpMyCash
Buenas, Sara.
El contrato debería especificar (1) el índice, (2) el diferencial y (3) un índice suplente. No sabemos qué decirte porque nos parece todo rarísimo, pero puedes enviarnos las partes del contrato donde constan estos datos escaneadas a atencion-al-cliente@helpmycash.com e intentaremos ayudarte. Saludos!
Julian
Yo tengo firmada una hipoteca con Caja Vital con IRPH, mi pregunta es la siguiente: En mi escritura no especifica que el IRPH sea de Cajas, Bancos o entidades. ¿Cómo puedo saberlo?
En un principio yo siempre he creido que me estaban aplicando el IRPH de Cajas, pero cual es mi sorpresa cuando despues de ver la noticia de la desaparición de este indice, cuando voy a informarme a Caja Vital, les pido que me dijan que IRPH me toca para mi nuevo periodo, ya que me toca revisión en nada y me dicen que en el periodo anterior me han aplicado el IRPH de entidades. ¿Eso es legal?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
HelpMyCash
Hola, Julián. Los que han desaparecido son IRPH de bancos e IRPH de cajas pero no el IRPH de entidades.
Para saber qué IRPH te estaban aplicando hasta ahora, podemos hacer un cálculo, pero nos tienes que decir:
-de cuánto es tu hipoteca
-cuántos meses hace que la contrataste
-cuál es tu última cuota
Un saludo!
vicky
Muy buenas, primero felicitaros por la informacion que nos vais proporcionando a los afectados de irph o indices similares.
En mi caso actualmente tengo irph +0 con la kutxa y acabo de revisar la hipoteca el 5 de junio con el correspondiente indice de abril, he revistado mis escrituras hipotecarias figura que si desaparece el irph me aplican euribor +1, mi pregunta es ¿ si el ministerio de economia publica una normativa para pasarse por el forro lo que tengo en mi escritura ¿ es denunciable? en mi caso si figura en mis escrituras deben aplicarme este indice¿ verdad?
gracias por las respuestas a nuestras preguntas.
HelpMyCash
Muy buenas, Vicky. Y gracias por los piropos!
En principio lo que reza en el contrato es lo que prevalece y se debe aplicar, siempre y cuando no haya una ley que ordene lo contrario, ya que una cláusula puede anularse por ser contraria a la ley. Pero no hay que avanzarse; no sabemos lo que va a pasar ni qué planes tienen.
Ahora bien, si llegado junio de 2013 (tu próxima revisión) la ley sigue igual, no dejes que el banco intente negociar otro índice. Ahí si puedes hacer valer el contrato sin ningún temor. Estaremos pendientes de lo que pasa para teneros al día.
Un saludo y gracias por leernos.
Irene
Hola
Yo tengo una Hipoteca en Rural Caja, con IRPH + 0, el tipo de interes sustitutivo según escritura es «El tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre 2 y 6 años + 1,50 de diferencial » estamos un poco agoviados porque según publicaciones pasariamos de pagar 3,747 (irph) a 3,802 + 1,5.
Mi pregunta es ¿es legal este tipo sustitutivo? ¿lo puedo categorizar como una clausula-tipo abusivo?
Lo mejor de todo es que la caja me comenta mi hipoteca está titulizada y no podemos hacer ninguna modificación, ¿esto es legal?
Por último pedirte consejo ¿que es mejor? esperar haber que pasa con las publicaciones del Ministerio de Economia, pues si publican a los afectados por el IRPH se nos aplica «X» o directamente a nosotros nos apliacaran el sustitutivo? ó ¿intentar escapar a otro banco con condiciones mejores?
Son muchas preguntas, pero tambien muchas dudas las que tenemos, al ver la que se nos avecina gracias por todo.
HelpMyCash
Buenos días, Irene.
1era pregunta – ¿Es legal el nuevo índice? Sí, completamente legal, a pesar de vaya a resultaros más caro. Puedes consultar la evolución del nuevo índice en comparación con los demás aquí http://www.bde.es/webbde/es/estadis/infoest/a1901.pdf Y no, no lo puedes denunciar como cláusula abusiva.
2ª- ¿Es legal que esté titularizada? Sí, siempre que en tu contrato se contemple la posibilidad de que el banco pueda vender la deuda a otra entidad financiera (normalmente los contratos lo contemplan). De todas formas, ve a hablar con el banco e intenta negociar, y si te dicen que ya no es cosa suya y no pueden hacer nada diles que ok, que entonces te den el contacto de alguien de la otra entidad. Tienes todo el derecho a conocer a los que tienen ahora tu hipoteca. De todas formas, sé consciente que esta gente que compra deuda tienen fama de ser bastante implacables, sobre todo con la gente que no paga. Su único punto de vista es el negocio. No esperéis demasiada flexibilidad. Explicadles que si os cambian el índice u os rebajan el diferencial vais a pagar religiosamente, que no tenéis ningún problema, pero que vosotros no habéis pedido (1) el cambio de índice ni (2) la venta de la hipoteca.
3ª- Nosotros te recomendamos esperar a ver qué dice el Ministerio de Economía. Porque, francamente, puede pasar cualquier cosa. Aunque lo normal es que se cumpla el contrato.
4ª – Lo 1º, intenta negociar una novación con los actuales tenedores de tu hipoteca. Que te bajen el interés. Y si no lo consigues, puedes empezar a buscar qué bancos te harían un buen trato. El único impedimento es que el mercado de subrogación actual es muy flojo, no existen demasiadas ofertas… Pero si lo consigues, adelante. Si quieres, cuando tengas alguna oferta puedes escribirla en el Foro de Hipotecas y te calcularesmos si te saldría a cuenta, contando con los gastos de subrogación.
Sentimos no darte demasiadas buenas noticias, pero el mercado hipotecario está francamente mal…
Saludos y ya nos contarás!
Irene
Buenas tardes,
gracias por tu rapida respuesta ante todo
Te comento, ya tenemos ofertas de otras entidades, esta es la mas interesante en tema «diferencial», aunque nos la estan estudiando, no está aprobada y dudo que lo hagan tal y como estan las cosas, luego está el tema tasación que nose si nos llegaria tampoco.
Euribor + 3 primer año, los demás + 1,20, pasaría a pagar 200 menos hoy el año que viene la diferencia sería mayor claro, porque con el cambio se nos pondrian los intereses en casi un 6, nos piden hacernos un seguro de proteccion de pagos que cuesta unos 2500€, mas seguro vida, hogar, todas las domiciliaciones…unos gastos de unos 2000€ mas por apertura, notario…
Cres que es rentable hacer el cambio de entidad con los gastos que conlleva ó es mejor esperar al momento haber que pasa definitivamente???
Por otro lado, tengo una duda respecto a tu respuesta 2ª, al estar mi hipoteca titulizada, quiere decir que la ha adquirido otro banco??? entonces tenemos que negociar con ellos nosotros mismos que la destitulicen y nos modifique… ó esto es responsalibilidad de mi banco?? ellos esque se estan haciendo los suecos claro no es su problema!!! luego hay embargos pero como no si quieres pagar y te ponen mil impedimentos….
gracias por todo y saludos
Jose
http://www.boe.es/boe/dias/2012/06/16/pdfs/BOE-A-2012-8026.pdf
Tipos de Interés para los diferentes planes de vivienda.
mistica
Yo tengo una hipoteca con Kutxa sujeta al IRPH CAJAS, mi contrato dice que en le caso de desaparecer se me aplicaria el EURIBOR + 1. A mi me la revisan trimestralmente y por lo que he visto MAYO, JUNIO Y JULIO me aplican el IRPH de Febrero es decir el 3.946 %. Lo que no sé es si a partir de Agosto me harán el cambio o me aplicarán el IRPH de MARZO.
Cuál es la última cifra publicada y dónde aparece publicado el tema de la desaparíción del IRPH?
GRACIAS
HelpMyCash
Mística,
todavía te quedan unos cuantos meses y revisiones más a IRPH. El Banco de España publicará la cotización del IRPH cajas hasta abril de 2013, por lo que el banco puede seguir cobrándote a IRPH tras las revisiones de agosto, noviembre, febrero y mayo 2013. De todas formas, no pierdes nada por intentar pedir que te apliquen antes el nuevo diferencial. Saludos!
Toni
Buenas tardes,
Tengo una hipoteca con la Kutxa, el 5 Junio me pasaron la primera cuota de la revision anual del IRPH + 0%. Es la cuota referente al mes de Mayo 2012 para la cual cogen el IRPH del mes de Marzo, el cual es 3,777%. Hasta Mayo del ano que viene me imagino que estare pagando este interes.
En mi escritura pone que si el irph desaparece me cobraran el euribor + 1. Mi pregunta es que comoo se supone que hasta abril del 2013 pueden seguir utilizando el IRPH y a mi me aplican el IRPH de marzo, es posible que en la siguiente revision que se hace en Mayo del 2013 quieran seguir aplicandome el IRPH y no el Euribor + 1?
Muchas gracias.
HelpMyCash
Buenas tardes, Toni.
Nos tememos que sí, que es como sospechas. Como en el momento en que te cambien a Euribor + 1% el banco saldrá perdiendo (presumiblemente, el Euribor seguirá bajo, o al menos más bajo que el IRPH), ellos no tienen ninguna prisa y apurarán con el índice más caro todo lo que puedan.
Solo esperamos que el Ministerio de Economía no dicte ninguna norma que invalide los índices sustitutos de los contratos. Al parecer, según nos han contado muchos usuarios del foro, algunos bancos están intentando que los hipotecados a IRPH bancos o IRPH cajas se pasen a IRPH entidades. Nuestro consejo es que, en la medida de lo posible y si ninguna ley estipula lo contrario, hagas primar el contrato por encima de todo y esquives las intentonas del banco por cambiarte el Euribor por otro índice.
Saludos y a ver en qué acaba todo esto…
Virgin
Buenas tardes,
Yo tengo una hipoteca con IRPH bancos en el BBVA, y para comprobar qué índice sustitutivo se me aplicaría, resulta que no tengo la copia de la escritura del banco, no me la tuvieron que dar porque yo lo guardo casi todo y no la tengo…
La cuestión es, que como lo firmé en otra oficina de Barcelona, me dicen ellos que en la suya no la encuentran y que habría que solicitar una copia simple a la notaria, pero algunas cobran un 25-30 euros por el trámite.
La pregunta es, que si la pago yo, me quedo yo la copia, y si el banco la quiere, que la pidan ellos,¿no? porque ya que es un contrato entre el banco-cliente, el banco también necesitará una copia, no?? puedo negarme a dársela, o lo pagamos a medias, sinó…
Muchas gracias por su aclaración.
¡¡Hasta pronto!!
HelpMyCash
Hola, Virgin.
Tú tienes que centrarte en obtener tu copia. Si la pagas tú, te la quedas tú.
Si el banco no tiene la suya no es en absoluto problema tuyo. Contacta con el notario directamente y obtén la copia del contrato con la información que te interesa consultar. Saludos y hasta pronto a ti también.
Jordi
Buenas tardes.
Tengo una hipoteca de IRPH+0, sustituido por ceca y seguido de esto:
Si el tipo sustitutivo no se publicar, se aplicara a cada uno de los periodos de interés siguientes el tipo vigente en aquel momento, el cual se mantendrá fijo hasta que,de acuerdo con lo que se haya pactado,sea factible su variación
Me podriais aclarar el siguiente tramo ?que me aplicaran?
gracias
HelpMyCash
Jordi,
el texto es algo más enrevesado de lo que ya suele ser habitualmente, pero creemos que quiere decir que una vez desaparecido el CECA te aplicarán el último tipo de interés que puedan calcular con IRPH. Es decir, la última cuota que pagues como hacías hasta ahora sería la cuota que marcaría el tipo de interés que pagarías durante el resto de la vida de la hipoteca.
De todas maneras, aunque lo estemos interpretando bien y sea así, y aunque el contrato deba en principio prevalecer por encima de todo, no descartamos que el Ministerio de Economía apruebe nuevas leyes que pasen por encima. Además, según hemos podido saber por usuarios del foro, muchos bancos están intentando que los de IRPH cajas se pasen a IRPH entidades (índice un poco más bajo), tengan lo que tengan por contrato, por lo que te recomendamos que, ante la gran incertidumbre, no le des muchas vueltas. Más bien, estate muy atento a las noticias que se vayan publicando sobre esto y espera a ver qué te ofrece el banco. Cuando tengas la propuesta, estaremos encantados de contestarte de nuevo personalmente.
Hasta pronto!
Sandra
hola! gracias por tú ayuda he mirado el contrato y m pone lo siguiente: Se considerará como tipo de referencia el correspondiente al tercer mes inmediatamente precedente a aquel en que sea de aplicación el nuevo tipo, siempre que haya sido publicado con una antelación mín de 20 días al inicio de la nueva anualidad. En el supuesto de que dicho tipo de interés no se hubiese publicado con la expresada antelación, se considerará Como tipo de referencia el del cuarto mes inmediatamente precedente al de aplicación del nuevo tipo. Muchísimas gracias por la ayuda.
HelpMyCash
¿Y en qué mes te hicieron la revisión?
Sandra
Hola, en el mes de junio se m aplica la revisión es la primera cuota afectada
HelpMyCash
Hola, Sandra. El Banco de España aún seguirá publicando el valor del IRPH bancos y cajas durante unos meses, por lo que tu revisión de junio te puede dejar todavía con las mismas condiciones. También es probable que el banco te quiera hacer pasar ya a IRPH entidades. Nuestro consejo es que no aceptes nada hasta que el Ministerio de Economía no publique las reglas del cambio. Saludos.
Sandra
hola. Tengo una hipoteca con CatalunyaCaixa y m han echo la revisión y m dijeron el día 13/04 que mi IRPH era de 3.793% para aplicarlo el 1 de junio y resulta k hoy m llega una carta conforme es erróneo y se m aplicara el 3.946% puedo reclamar de alguna manera
HelpMyCash
Buenos días, Sandra.
El 3,793% corresponde al valor medio del IRPH en enero y el 3,946% es el de febrero.
Tienes que mirar qué pone en tu contrato. Hay contratos que dicen, por ejemplo, que se aplicará el valor del IRPH del mes inmediatamente anterior a la revisión. O 2 meses anterior. Verifica que tu banco está cumpliendo el contrato. Si no lo hace, por supuesto que puedes reclamar. Quizá te interese este artículo: https://www.helpmycash.com/blog/como-reclamar-a-un-banco-en-10-preguntas/ Si no entiendes lo que dice tu contrato, puedes copiar y pegar aquí el texto o en el Foro y trataremos de «traducirlo». Saludos!
RAQUEL
Buenos dias ,otra vez,ante todo muichas gracias por vuestra aclaración,ya q en el Banco no me aclaran nada de nada.Intentaré pasaros la parte del Diferencial lo más clara posible,bueno la voy a copiar.Se explica primero el Indice de Referencia,en el siguiente punto Diferencial:Es una magnitud porcentual invariable durante toda la vigencia del crédito.El diferencial para la primera disposición es de 0 puntos,cuando resulte aplicable el Indice de Referencia Adoptado, y de 0 puntos cuando el aplicable se el Sustitutivo,mientras q para las restantes dispisiciones el diferencial es de 2,50 puntos y de 1,50 puntos respectivamente.Lo he copiado textualmente,como viene en la escritura,el siguiente punto ya habla de comunicaciones…Puede ser q como es Hipoteca Abierta,como puedo disponer del dinero q ya he pagado,por eso habla de siguientes disposiciones…?? Muchas gracias por vuestra información.
HelpMyCash
Raquel,
seguimos sin entender lo de las «restantes disposiciones», aunque es seguro que no tiene nada que ver con que sea la «Hipoteca Abierta». Lo sentimos, se nos escapa. Si cuando sepas algo seguro lo quieres escribir aquí o en el Foro de hipotecas ayudarás a otros en tu situación. Hasta pronto!
RAQUEL
Buenos días a todos,me duda es la siguiente,tengo hipoteca abierta con La Caixa,en ella me aparece q si el IRPH desaparece se aplicaría el Tipo Activo de Referencia de las Cajas de Ahorro,si este a su vez desaparece se aplicaria el último tipo de interés nominal anual q haya sido posible calcular.Esto ultimo no lo entiendo,si me lo podeis explicar,gracias.Luego un poquito más abajo me aparece el Diferencial,para la primera disposicion es de 0 puntos,cuando resulte el Indice de Referencia Adoptado,y de 0 puntos cuando el aplicable sea el sustitutivo,mientras q para las restantes disposiciones el diferencial es de 2,50 y de 1,50 respectivamente,no lo entiendo,me lo podeis explicar.Muchas gracias.
HelpMyCash
Buenos días, Raquel.
Entendemos que tenías IRPH + 0% y que el índice sustituto en 1era instancia sería CECA + 0%. Pero como el CECA también desaparece, hay que pasar al siguiente supuesto.
El siguiente supuesto te dice que el interés aplicado en caso de que también el CECA desaparezca es el último tipo de interés que haya sido posible calcular. Eso es que si, por ejemplo, tu próxima revisión es en enero, mirarían qué interés pagaste en diciembre con el IRPH. Si el IRPH estuviera, pongamos, al 3,70% en diciembre, ese sería tu interés para siempre, hasta el fin de la vida de la hipoteca.
Pero es a partir de ahí que no entendemos el texto. No queda claro si ese 3,70% sería el interés total o sobre eso todavía habría que añadir un 2,50% o 1,50%. ¿Y de qué restantes disposiciones está hablando? Si solo hay 1…
Nuestra recomendación es que se lo preguntes al banco cuanto antes: «¿Voy a pagar el último valor del IRPH que se aplique o ese valor + un diferencial?» Si su respuesta es que pagarías el último valor del IRPH, todo en orden. Si te dicen que no, que sería IRPH + 1,5% o 2,5%, habla con un abogado o legalista que conozcas para que mire cómo está redactado y si es correcta su interpretación.
Si quieres, puedes enviarnos el texto íntegro para que intentemos echarle otro vistazo. Saludos!
Jorge
Hola
No entiendo nada de lo que pone en mi hipoteca.
Actualmente tengo IRPH Cajas + 0. He buscado en la mi hipoteca si venia alguna referencia por la desaparicion del indidece y lejos de aclararme nada me he liado mas.En el caso de que el Banco de España dejara de publicar dichas referencias recomendadas, la variación aplicable al interés nominal pactado se obtendría del tipo de activo de referencia publicado en el B.O.E. sesenta días antes del inicio de cada nuevo período, de la Confederación Española de Cajas de Ahorros. A su vez, en el supuesto de que también desapareciera este índice de la Conf. Espa.de Ca. de Aho., se aplicará el tipo de interés vigente en aquel período anual en que concurra dicha circunstancia. La Caja queda facultada para, en cualquier momento en que volviera a publicarse alguno de los indicados índices, aplicar el incremento o disminucion que corresponda al tipo de interés vigente acomodándolo en la forma y términos aquí pactados.
HelpMyCash
Buenas, Jorge. Es muy difícil de entender para cualquiera, no es cosa tuya. En el fondo, como ya intuyes, significa que te van a acabar aplicando lo que la Administración decida. Todavía no hay nada oficial, estamos a la espera de que el Ministerio de Economía publique en el BOE la forma en que los bancos deberán realizar el cambio de índice, pero estamos bastante seguros de que a los que tenéis IRPH cajas os van a pasar a IRPH entidades, que es un pelo más barato que lo que pagas ahora. (El IRPH cajas de abril fue del 3,691% y el IRPH entidades fue del 3,617%). Aunque, como verás, sigue siendo muchísimo más alto que el Euribor, que hoy cotiza al 1,23%…
En fin, no te preocupes demasiado. Creemos que en tu caso, cuando te toque la próxima revisión y te cambien el índice, casi no vas a notar el cambio. De todas formas, si finalmente no fuera así, te agradeceríamos mucho que nos lo contaras en el Foro de Hipotecas para que otros puedan aprender de tu experiencia. Saludos!
paola corella
hola
Primero quiero dar las gracias, porque este foro nos ayuda a estar informados, para que no volvamos a cometer los errores que cometimos al firmar nuestras hipotecas.
Tengo hipoteca con bankia irph + 0.40 y pone como sustitutivo ceca, la verdad es que tengo que hacer milagros para poder pagar mi cuota es de 1204, he intentado negociar para que me cambien a euribor y me ofrecen euribor +2, darme una carencia de 18 meses pagando solo intereses, pero con la condición de que amplie 16 años más, claro les dije que ni de coña
y mi pregunta es, al hacer el cambio de tipo de interés tienen que firmar los avales?, los míos ya no están en este país, si es sí la respuesta. que puedo hacer?
HelpMyCash
Buenos días, Paola.
El cambio a Euribor + 2% nos parece una buena oferta, más ahora que el Euribor parece que va a cerrar el mes al 1,27%. Pagarías un interés de 3,27%, bastante menos de lo que pagas ahora.
En cuanto a la ampliación de plazo que descartas tan rápidamente, reconsidéralo, sobre todo si puedes negociar una comisión de cancelación anticipada del 0%, ya que te puede dar mucha capacidad de maniobra. Si consigues esta comisión a 0 y más adelante tu situación económica está mucho mejor, podrías devolver el dinero al banco tan rápido como quisieras, sin coste. No estarías obligada a alargar el pago durante 16 años.
Y por último, en cuanto a la carencia, tienes que preguntarte si realmente la necesitas, ya que como sabes sería pagar más o menos la mitad de la cuota durante 18 meses pero «tirando el dinero» (te recomendamos la lectura de Carencia de capital: ¿cuánto ahorra al principio y cuánto cuesta al final?) Lo bueno es que durante 1 año y medio irías más «holgada», pero si puedes pasar sin, nuestro consejo es que te la ahorres.
De los avales no sabríamos decirte porque es algo que solo depende del banco. Tendrás que preguntarle a ellos directamente. Saludos y gracias por tus piropos 🙂
susy
Hola, comprobe mi escritura que esta con el IRPH y me pone que si desaparece pasa al interes sustitutivo, cual seria en ese caso?
Un saludo
HelpMyCash
Hola, Susy. Aún no se sabe a ciencia cierta cuál será el «índice sustitutivo», estamos esperando a que el Minsterio de Ecomomía dicte las reglas del cambio de índice para los que tenéis IRPH bancos o cajas. De todas formas, nosotros pensamos que lo más probable es que paséis a IRPH entidades. Un saludo.
juan miguel
hola muy buenas!!!!
Me gustaria que me resolvierais una duda, yo tengo IRPH de cajas con la Kutxa, segun me he informado las cajas tienen hasta el 29 de abril de 2013 para cambiar o negociar este indice. He mirado las escrituras hipotecarias y me marca que si desapece IRPH de cajas me aplicarian automaticamente EURIBOR + 1%, mi pregunta es ¿ Kutxa esta obligado a aplicarme Euribor por indicarmelo en las escrituras? me han dicho que en las renovaciones estan llamando para cambiarnos a IRPH De entidades, y me han recomendado que no firme nada, que me tienen que aplicar el indice sustitutivo que tengo en las escrituras? es cierto? muchas gracias por vuestra aclaracion, la verdad que si es asi seria un gran alivio!!!!! 🙂
HelpMyCash
Hola, Juan Miguel.
Si en tu contrato pone que al desaparecer el IRPH cajas pasarás a Euribor + 1%, en principio eso es lo que debes empezar a pagar a partir de la próxima revisión de tu hipoteca.
De todas formas, como sabes, ese cambio no es del interés del banco, ya que reducirías tu cuota. Ellos lo que intentarán casi seguro es «colarte» el IRPH entidades. Te aconsejamos que, en la medida de lo posible, luches para que se cumpla tu contrato.
Ahora solo hay que esperar a que el Ministerio de Economía publique en el BOE (en algún momento dentro de los próximos 11 meses) las reglas para el cambio de índice. Solo esperamos que no dicten ninguna norma que pase por encima de vuestros contratos, cosa que sería realmente injusta y denunciable.
Un saludo y mucha suerte!
danic
Yo también tengo IRPH Cajas, en mi escritura especifía que los intereses sustitutivos son: 1º El IRPH Entidades y 2º el «Tipo de Interes Acrtico de Referencia de las Cajas» (¿es este el CECA?)
En todo caso parece claro que a mi hipoteca se le aplicará el IRPH Entidades, pero este es resultado de una media entre los IRPHs de Cajas y Bancos, al desaparecer estos indices ¿sobre que varemos se calculará en «nuevo» IRPH Entidades?
HelpMyCash
Danic,
en tu caso creemos que te aplicarán el IRPH de entidades. Y sí, el tipo de interés que citas sería el CECA.
En cuanto a tu última pregunta, está contestada en el comentario justo anterior al tuyo. Saludos!
Jose
Si el IRPH de cajas y bancos desaparece, como van a calcular el IRPH de entidades, si éste es la media aritmética del IRPH de bancos y cajas??
HelpMyCash
Gran pregunta, Jose. El IRPH cajas es la media de los tipos de interés de las hipotecas concedidas en las cajas durante el mes y el IRPH bancos, de las concedidas en los bancos. Ahora, simplemente, no se hará distinción entre cajas y bancos sino que se sacará la media del interés aplicado a las hipotecas de todas las entidades.