Cuando llega el momento de formalizar la cancelación de una hipoteca, ya sea por haber pagado todas las cuotas o por la venta de la vivienda, hay que prepararse para pagar una serie de gastos. Hay bancos, sin embargo, que pueden incluirnos en la factura una serie de conceptos que no son correctos y que, por ley, no tenemos ninguna obligación de abonar. En este artículo veremos cuáles son estas costas, explicaremos por qué no nos las pueden cobrar y daremos algunos consejos que nos ayudarán a ahorrar un dinero por la operación.
El banco no puede cobrártelo todo cuando liquides tu hipoteca
Al liquidar un préstamo hipotecario, es necesario hacer una serie de trámites para que el Registro de la Propiedad deje nuestra vivienda libre de cargas. Eso conlleva unos gastos, pero ciertas entidades bancarias lo aprovechan para “colarnos” otras costas que, según el Banco de España, no nos deberían cobrar. Veamos cuáles son:
- Una comisión por haber terminado de pagar la hipoteca: como es lógico, no nos pueden cobrar nada por el abono de la última cuota. Solo pueden aplicarnos una comisión si el pago lo hemos hecho por adelantado y si dicha penalización aparece en nuestra escritura.
- Un cargo por la emisión del certificado de deuda cero: este documento es gratuito. Quizás el banco nos dice que necesitamos otro tipo de certificado (con coste) para demostrar al notario que la hipoteca está liquidada, pero no es así.
- Unos honorarios por el desplazamiento del apoderado hasta la notaría: tampoco nos pueden cobrar nada ni por el desplazamiento, ni por la firma ante notario.
En caso de que nuestra entidad nos obligue a abonar alguno de estos gastos por cancelar la hipoteca, podemos reclamar la devolución del dinero ante su Servicio de Atención al Cliente.
La comisión por amortización anticipada tiene un coste máximo
Como hemos dicho, los bancos sí tienen derecho a cobrarnos una comisión si cancelamos nuestro crédito hipotecario antes de tiempo. Esta compensación, eso sí, debe aparecer en la escritura. Además, su coste no puede superar el máximo legal establecido en el momento en el que firmamos el préstamo.
En caso de que tengamos previsto realizar amortizaciones anticipadas, ya sean totales o parciales, es aconsejable contratar una hipoteca que no incluya este tipo de penalización. Una de las entidades que no las cobra nunca es Hipotecas.com, cuyos préstamos hipotecarios no tienen comisiones ni productos adicionales.
Consulta cuánto puede costarte esta comisión como máximo en nuestra página sobre los gastos de cancelación.
Gastos de cancelación que sí debes pagar, pero que puedes reducir
Asimismo, si pretendemos llevar a cabo la cancelación registral de la hipoteca para dejar nuestra vivienda libre de cargas, deberemos hacer unos trámites que también cuestan dinero. Por ejemplo, si dejamos la gestión en manos del banco, lo más probable es que nos pida hacer una provisión de fondos de unos 1.000 euros o más que servirá para cubrir los correspondientes gastos de gestoría, notaría y registro.
Se trata, no obstante, de una suma que podemos reducir. Por ejemplo, podemos hacer los trámites por nuestra cuenta, lo que nos ahorraría pagar honorarios de gestión. Y si disponemos del tiempo suficiente, tenemos la opción de contratar a una gestoría independiente que nos cobre menos que la del banco.
En ese sentido, desde HelpMyCash.com colaboramos con una agencia que cobra varios cientos de euros menos que las gestorías de los bancos. Podemos calcular cuánto nos ahorraríamos con ella con el siguiente simulador:
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Santiago
Hola Miquel, buenos días.
¿Es obligatorio pagar la comisión de cancelación del préstamo promotor cuando el propio banco promotor no me ofrece una hipoteca valida para hacer frente a todos los gastos?
Tengo que pagar 250000 al banco promotor y ellos no me ofrecen mas de 200000. Me hicieron un estudio de viabilidad hace un par de años y era valido, y no ha cambiado mi situacion, incluso ha mejorado un poco.
Muchas gracias.
Iñigo Esteban
Buenos días, Santiago,
Entiendo que tienes un préstamo aparte de la hipoteca. O sea, que serían productos diferentes. Para el préstamo, la comisión de cancelación estará estipulada en el contrato que firmaste en su día. Con lo cual, sí así aparece en el contrato, sí tendrás que abonarla.
Por otro lado, a la hora de concederte una hipoteca, cada entidad es libre de exigir los requisitos que considere oportunas. Es posible que ahora hayan cambiado las exigencias y las condiciones. En ese caso, siempre tienes la posibilidad de comparar y solicitar tu hipoteca en otra entidad. En HelpMyCash te ofrecemos préstamos hipotecarios de múltiples entidades que puedes comparar y solicitar desde aquí mismo: https://www.helpmycash.com/hipotecas/
Saludos