Sobre Miquel Riera
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Publicado el 06/05/2024
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Hola, Noemi.
Es posible, pero con matices. Si los dos vais a ser propietarios, el banco exigirá que los dos estéis en la hipoteca. De este modo, si la hipoteca no se paga, el banco podrá embargar la vivienda entera, y no solo tu parte.
Si tu pareja no quiere ser cotitular de la hipoteca, podéis incluirlo como hipotecante no deudor. De este modo, su parte de la vivienda quedará hipotecada y se podrá embargar si no se pagan las cuotas, pero él no tendrá la obligación de pagarlas.
Nuestro consejo, por lo tanto, es que tú y tu pareja os reunáis con el gestor de tu banco para plantearle la situación y ver si sería posible incluir a tu pareja como cotitular o hipotecante no deudor.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 06/05/2024
[cita=111747][/cita]
Hola, María Isabel.
HelpMyCash.com es un comparador financiero: no prestamos dinero ni gestionamos solicitudes de financiación. Si necesitas un crédito de Banco Santander, nuestra recomendación es que pidas cita a una de sus oficinas para que estudien tu caso.
Un saludo.
Publicado el 06/05/2024
[cita=111754][/cita]
Hola, Olatz.
A priori, parece una buena oferta. Su interés está por debajo de la media del mercado y sus bonificaciones son asumibles, aunque habría que ver cuál será el precio de los seguros para valorar si te salen a cuenta o no.
De todos modos, si quieres, puedes presentársela a otras entidades para ver si te la mejoran. Si tienes suerte, quizás consigues unas condiciones todavía más competitivas.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 03/05/2024
Hola, Zeta23.
No nos consta que exista alguna prohibición que impida terminar el Código de Buenas Prácticas antes de tiempo. Ahora bien, entendemos que tendrás que negociarlo con el banco, porque no deja de ser una modificación de las condiciones de tu hipoteca.
Nuestra recomendación, por lo tanto, es que pidas cita a tu banco para exponer tu situación y solicitar el fin del Código.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111722][/cita]
Hola, Camila.
Entendemos que sí puedes cancelar el préstamo si la clínica te da la opción de cancelar el tratamiento. En ese caso, en teoría, el préstamo quedará cancelado.
Si no se cancela el préstamo, podrás reclamar a la clínica para que haga los trámites para su liquidación. Y si no los hace, podrás reclamar ante la financiera.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111706][/cita]
Hola, Vane.
Como tu pareja es la que tiene el acuerdo de compraventa aplazada con los vendedores de la vivienda, debe incluirse sí o sí en la hipoteca, pues hay que respetar su propiedad o derecho de propiedad.
Si queréis comprar el piso tú y tu madre, entendemos que tendréis que llegar a un acuerdo con tu pareja y con los vendedores. Te recomendamos pedir cita a un notario (es gratis) para que te explique cómo debería formalizarse la operación y qué necesitas para llevarla a cabo.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111705][/cita]
Hola, Patricia.
Sí, es correcto.
Técnicamente, lo que has pagado hasta ahora te ha permitido adquirir tu parte de la propiedad. Por lo tanto, lo vas a recuperar cuando tu expareja se quede con tu parte y te pague la compensación correspondiente.
Sin embargo, a esa compensación hay que descontar la parte de la deuda que es tuya y que tu expareja asumirá a partir de ahora. Y si esa deuda es superior al valor de la parte de la vivienda que le cedes, tu expareja no tendrá que pagarte nada, dado que técnicamente asume una deuda superior al valor del porcentaje de vivienda que adquiere.
Si tienes más dudas sobre este tema, puedes echar un vistazo a nuestra página sobre la extinción de condominio.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111703][/cita]
Hola, Andrés.
Lamentamos tu situación. Por lo que nos cuentas, lo que necesitas no es una hipoteca inversa, sino una dación en pago, que es una operación con la que tu entregas tu vivienda al banco a cambio de saldar la deuda hipotecaria.
Dependiendo de tu perfil y de la voluntad del banco, es posible que consigas, también, que el banco te alquile la vivienda a un precio asequible. En nuestra página sobre la dación en pago te explicamos cómo conseguirlo.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111704][/cita]
Hola, Txusete.
Efectivamente, si el banco acepta la novación, tendrás que pagar la comisión por novación que se indique en tu escritura hipotecaria y la tasación de la vivienda, si la entidad te la pide (eso dependerá totalmente de su política interna). El resto de gastos asociados a la novación, como la notaría, el registro o la gestoría, los debe pagar el banco por ley.
Esperamos haberte ayudado.
Un saludo.
Publicado el 02/05/2024
[cita=111702][/cita]
Hola, Marialuisa.
Nuestro consejo es que pidáis cita previa al notario para que este funcionario os calcule gratuitamente los porcentajes. Así, os aseguraréis de que cada uno será propietario de lo que aportará a la operación.
Un saludo.
Vídeo: Breve historia del IRPH: por qué podría ser abusivo?
En este útil vídeo explicamos qué es el IRPH y por qué la justicia europea podría considerarlo abusivo: